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La Federación Agroalimentaria de CCOO ha denunciado que la Empresa Pública de Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha (Geacam) ante la Inspección de Trabajo por un presunto delito contra la salud y seguridad de los trabajadores.
Según explica CCOO, "los responsables de la empresa pública se negaron a facilitar agua y comida a una cuadrilla de trabajadores enviada a sofocar un incendio forestal en Carranque (Toledo)".
El incendio se declaró en torno a las 12.00 horas del pasado miércoles, y la "dirección de Geacam ordenó que acudiera a extinguirlo a la cuadrilla que se encontraba más próxima realizando tareas de prevención", según ha informado CCOO.
Según señala CCOO el periodo de prevención en el que se encuentra la región, el horario de trabajo habitual es desde las 08.00 a las 14.00 horas, pero en caso de producirse un incendio los trabajadores "están obligados a incorporarse a las tareas de extinción para las que sean requeridos. Así, señala el sindicato, los cuatro integrantes de la cuadrilla acudieron a Carranque para hacer frente al fuego.
A las 15.00 horas, Geacam les envió un avituallamiento de comida y bebida consistente en un bocadillo, una manzana y un refresco por persona; a los que añadió 9 litros de agua para compartir por los cuatro trabajadores de Geacam con otras cinco personas de otros medios que intervenían en el incendio, han descrito desde CCOO.
El sindicato explica que "después de más de seis horas sometidos a duras condiciones de esfuerzo y calor en tareas de extinción, los trabajadores de Geacam llamaron a las 21.00 horas a su empresa para pedir que se les volviera a suministrar bebida y comida, puesto que además se preveía que tendrían que prolongar sus tareas durante algún tiempo más", pero los responsables de Geacam les respondieron "que se buscaran las mañas".
Los miembros de la cuadrilla lo pusieron en conocimiento del Agente Medioambiental de la Consejería que se encontraba al frente de patrulla en las tareas de extinción, ha señalado CCOO, que añade que "los mismos responsables de Geacam que habían dado a la cuadrilla la desafortunada respuesta llamaron a continuación a este agente para explicarle que era una tontería desplazar a una persona para llevar comida y bebida a las cuatro personas de la cuadrilla".
El agente hizo saber al responsable de Geacam que "no estaba en absoluto está de acuerdo con lo que le está diciendo, pero el responsable de Geacam hizo caso omiso de la opinión del agente y por tanto no envió a nadie para proveer de avituallamiento de la cuadrilla, cuyos integrantes siguieron trabajando sin agua ni comida hasta que a las 23.30 horas pudieron darse por concluidas las tareas de extinción y control del incendio".
"Entiendo que la actuación de los responsables de Geacam podría considerarse, además de vergonzosa y de incumplimiento de las obligaciones de la empresa para con sus trabajadores, un presunto delito contra la salud y seguridad de los trabajadores", señala el secretario general de la Federación Agroalimentaria de CCOO CLM, José Sánchez de los Silos en su denuncia a la Inspección de Trabajo
"Por tanto y teniendo por presentado este escrito pido que realicen de forma urgente las actuaciones oportunas tendentes a que estos hechos no puedan volverse a producir y a levantar las infracciones que pudieran derivarse de estas actuaciones de Geacam, así como remitir a la Fiscalía de la Audiencia provincial y/o la Fiscalía de Siniestralidad Laboral, en su caso", concluye el escrito.
OTRA DENUNCIA
De otro lado, la Federación Agroalimentaria de CCOO ha denunciado también ante la Inspección de Trabajo el "incumplimiento sistemático" por parte de Geacam de lo establecido en el convenio colectivo para regular el paso de los integrantes de la plantilla de la empresa pública a la denominada 'segunda actividad'; "además de presionar y amenazar a los trabajadores que se encuentran en esa situación".
La 'segunda actividad', regulada en el artículo 69 del convenio, es "la situación en la que se encuentran determinados trabajadores que no pueden realizar labores directas de extinción de fuegos", por su edad o por condicionantes físicos o psíquicos sobrevenidos que no comporten la declaración de invalidez permanente, según ha informado el sindicato.
El convenio, según CCOO, establece que los trabajadores que están incapacitados temporalmente para las tareas de extinción deben ser reubicados "en otro puesto de trabajo en la provincia de residencia; entre otros, en las torretas de vigilancia, emisoras, tareas de prevención de incendios u otras actividades que tenga encomendadas la empresa y sean acordes a la cualificación del trabajador".
Sin embargo, denuncia CCOO, "cuando algún trabajador no supera las pruebas físicas y/o médicas, cuando es declarado no apto para la actividad normal de su categoría, Geacam ofrece en algunos casos segunda actividad, pero con deterioro de sus condiciones de trabajo. En ningún caso está aplicando el artículo 69 en todo su contenido y extensión".
Además, subraya el sindicato, a aquellos trabajadores a los que sí se les ofrece plaza de segunda actividad, se les llama por teléfono y se les exige que acepten de inmediato, "avisando de que en caso de no tomar la decisión en 10 o 15 minutos perderían dicha opción; y bajo la amenaza de despido en ese caso".
Por P. Moratilla
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