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La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha condenado al acusado G.A.D., residente en Puertollano en el momento de los hechos, a dos años de prisión como autor de un delito de lesiones contra A.S., a quien arrancó parte de una oreja de un mordisco en el transcurso de una pelea entre ambos acaecida en la madrugada del 9 de enero de 2016.
Según señala la sentencia, los hechos tuvieron lugar sobre las 4.30 horas, cuando A.S. se disponía a coger su turismo estacionado en la calle Juan de Padilla de Puertollano, acompañado de dos amigos, y no pudo sacarlo por estar muy próximo al vehículo del acusado. Por dicho motivo, A.S. se dirigió al domicilio de G.A.D. haciendo llamadas insistentes, lo que motivó que el acusado "saliera enfurecido" portando un cuchillo.
Los magistrados consideran hecho probado que en ese momento se inició una pelea entre los acusados en la que, con intención cada uno de menoscabar la integridad del otro, se golpearon, llegando G.A.D. a propinar "dos fuertes mordiscos" en la oreja izquierda a A.S., "arrancándole parte de la misma".
Como consecuencia de ello, A.S. sufrió mordedura en oreja izquierda con arrancamiento de parte del pabellón auricular, precisando para sanar no solo primera asistencia facultativa, sino también sutura y curas con intentos de injerto que ha rechazado, perdiendo parte de la oreja.
Por su parte G.A.D. sufrió contusión en oreja izquierda, en abdomen y región lumbar, precisando para sanar solo primera asistencia facultativa.
En la sentencia consta que el acusado no ha formulado reclamación por las lesiones sufridas y ha renunciado a todo tipo de indemnización por los hechos. Por su parte, A.S. tampoco ha formulado reclamación por las amenazas recibidas.
El acusado ha consignado la cantidad de 8.000 euros para satisfacer la indemnización derivada de los hechos sin efectuar más reclamación por las lesiones. Del mismo modo, ha reconocido los hechos "mostrándose sumamente arrepentido desde el primer momento en que se persona una dotación policial para esclarecer los hechos e iniciar la investigación, colaborando con la misma", subrayan los magistrados.
Así, el tribunal ha condenado por unanimidad a G.A.D a dos años de prisión como autor de un delito de lesiones, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de reparación parcial del daño y circunstancia analógica de confesión. Para el cumplimiento de la pena le será de abono al acusado el periodo de prisión preventiva sufrida por la presente causa.
Por P. Moratilla
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