DCLM.ES · Castilla-La Mancha · Política
El STE explica los pormenores del Caso Renieblas, un profesor de Castilla-La Mancha sancionado por el Gobierno de Cospedal por informar a los alumnos “sobre la convocatoria de huelga y su voluntad de secundarla”. Ahora, el Tribunal Constitucional ha anulado la sanción de la consejería. EL STE lamenta "profundamente que los que promovieron esta sanción injusta y arbitraria, el entonces Consejero Marcial Marín y la coordinadora provincial Violeta Miguel, hayan sido recompensados en su carrera represora con sendos puestos en el Ministerio de Educación, como Secretario de Educación y en el Centro Nacional de Innovación e Investigación Educativa respectivamente. Por ello, considera que “los responsables de la sanción al profesor Renieblas, tanto el señor Marcial Marín como la señora Violeta Miguel, han vulnerado los derechos constitucionales y, por lo tanto, deberían dimitir de sus cargos en el Ministerio de Educación. No son dignos de ostentar cargos de semejante responsabilidad, ni de ejercer labor alguna en el desarrollo del Pacto educativo que se está tramitando en la actualidad...El caso de Ángel Renieblas se añade a una larga lista de ataques a la libertad de expresión y de criminalización de la protesta social que tuvo lugar en nuestra región en los años de gobierno del PP, caracterizado por intentar acallar las manifestaciones contra los recortes inculcando el miedo a las represalias, mediante sanciones y denuncias”.
LA HISTORIA
“La entonces Coordinadora Provincial de Educación, Violeta Miguel, decidió sancionarlo, en contra de la opinión de la inspección educativa que no vio ninguna anomalía en su actuación. La sanción fue ratificada por el Consejero de Educación, Marcial Marín, tras lo cual desde STE-CLM recurrimos la sanción ante los tribunales. El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Guadalajara, al igual que la Administración sancionadora, consideró dicha conducta como falta leve por incumplimiento de los deberes y obligaciones de funcionario, del código ético y de conducta que debe regir la actuación de los empleados públicos en junio de 2014. La sentencia justificaba la sanción en base a que Ángel se dirigió a sus alumnos de 5º de Primaria y 11 años y “los adoctrinó” al explicarles, ante las preguntas de sus alumnos y alumnas, las causas por las que no acudiría al colegio al día siguiente; consideraba igualmente que con el escrito que dirigió a las familias donde se exponían las razones que le llevaban a sumarse a la huelga, el maestro se excedió en su derecho a la libertad de expresión.
Pero desde STE no nos dimos por vencidos y acordamos recurrir dicha sentencia ante el Tribunal Constitucional, por vulneración de derechos fundamentales. Tras años de lucha el Constitucional nos da la razón y anula tanto la sanción de la Consejería como la sentencia que la ratificaba.
El Constitucional afirma que “lo único que considera acreditado es que el demandante informó a los alumnos sobre la convocatoria de huelga y su voluntad de secundarla; pero esa circunstancia no denota, por sí sola, un propósito de adoctrinamiento o, al menos, un propósito de influir tendenciosamente en el alumnado”. Según las conclusiones del tribunal, “no cometió la falta leve por la que fue sancionado, consistente en incumplimiento de los deberes y obligaciones del personal funcionario”. La consejería basó la sanción en que Ángel usó bienes públicos para usos particulares e incumplió el deber de neutralidad en el ejercicio de sus funciones como docente. La sentencia considera que la actuación del maestro, “que solo dedicó unos minutos de la clase a explicar a sus alumnos las razones de la huelga y entregó una nota dirigida, con la misma finalidad, a sus padres, no tiene encaje en el tipo sancionador, dada la naturaleza de la información transmitida y el escaso tiempo que dedicó a ello”.
El segundo motivo de la sanción fue valerse de su posición como empleado público docente para “expresar su opinión personal sobre la huelga convocada, resultando su actuación parcial y carente de objetividad y neutralidad”. La sentencia afirma que "no queda acreditado en el expediente que dicha actuación posea un contenido informativo que se pueda entender vulnerador del deber de neutralidad funcionarial”. Los alumnos testificaron que su maestro “dijo que él quería ir a la huelga para ver si se solucionaban los motivos que explicaba” en la nota dirigida a los padres y porque “iba a haber recortes en el presupuesto”.
EL STE CELEBRA LA SENTENCIA
Desde STE-CLM celebramos esta sentencia y damos nuestra más sincera enhorabuena a nuestro compañero Ángel. Nunca consideramos hecho probado la tesis de los cargos políticos que impulsaron la denuncia y sanción porque ignoraba toda la instrucción del inspector del centro (confirmada por el inspector jefe). Éste, tras entrevistarse con el Equipo Directivo, el alumnado, las familias y el mismo docente, estableció que el profesor no se había dirigido a sus alumnos en términos políticos y que repartir una circular y pedirles que apuntaran en la agenda el aviso a los padres, es la práctica habitual en el profesorado.
El caso de Ángel Renieblas se añade a una larga lista de ataques a la libertad de expresión y de criminalización de la protesta social que tuvo lugar en nuestra región en los años de gobierno del PP, caracterizado por intentar acallar las manifestaciones contra los recortes inculcando el miedo a las represalias, mediante sanciones y denuncias.
Una vez más, hemos tenido que reclamar en los juzgados los derechos arrebatados dentro de la dinámica represiva que sufrió la sociedad castellano-manchega, en general, y el profesorado, en particular, y que con la llegada del PP al gobierno nacional seguimos sufriendo, a través de la Ley de Seguridad Ciudadana.
"LAMENTAMOS QUE LOS RESPONSABLES HAYAN SIDO RECOMPENSADOS EN SU CARRERA"
Además, lamentamos profundamente que los que promovieron esta sanción injusta y arbitraria, el entonces Consejero Marcial Marín y la coordinadora provincial Violeta Miguel, hayan sido recompensados en su carrera represora con sendos puestos en el Ministerio de Educación, como Secretario de Educación y en el Centro Nacional de Innovación e Investigación Educativa respectivamente.
Desde STE-CLM consideramos que los responsables de la sanción al profesor Renieblas, tanto el señor Marcial Marín como la señora Violeta Miguel, han vulnerado los derechos constitucionales y, por lo tanto, deberían DIMITIR DE SUS CARGOS en el Ministerio de Educación. No son dignos de ostentar cargos de semejante responsabilidad, ni de ejercer labor alguna en el desarrollo del Pacto educativo que se está tramitando en la actualidad".
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Por P. Moratilla
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