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Alumnos de segundos cursos de FP y régimen especial de CLM podrán renunciar a sus prácticas hasta el 15 de mayo

Se establece como medio para la presentación de renuncia a convocatoria o para la exención de la formación en centros de trabajo o prácticas en empresas, la plataforma Papas 2.0.

24.04.2020

Sociedad en Castilla-La Mancha

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El Gobierno regional ha determinado que los alumnos de los segundos cursos de enseñanzas de Formación Profesional y de enseñanzas de régimen especial podrán renunciar a la formación en centros de trabajo o prácticas en empresas hasta el próximo 15 de mayo.

Así consta en la resolución de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes que publica este viernes el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y recoge Europa Press, en la que la que se establece como medio para la presentación de renuncia a convocatoria o para la exención de la formación en centros de trabajo o prácticas en empresas, la plataforma Papas 2.0.

Excepcionalmente, si en algún caso esto no fuera posible, se podrá utilizar otra vía telemática previamente acordada con el alumnado o sus tutores legales, durante el período en el que esté declarado el estado de alarma, conforme a las instrucciones que se dicten por el órgano competente, ha determinado el departamento que dirige Rosa Ana Rodríguez.

El plazo para presentación de solicitudes de exención de la formación en centros de trabajo o prácticas en empresas, finaliza el 15 de mayo de 2020.

Según la Consejería el objetivo de esta medida adecuar los procedimientos establecidos a la situación actual de confinamiento, garantizando que la propuesta utilizada no perjudique a ningún alumno o alumna.

"Debe considerarse que éste es un derecho de interés general y que de no establecerse este procedimiento se podría comprometer el mismo, suponiendo un grave perjuicio a las personas interesadas", concluye.

INSTRUCCIONES

Según ha informado en nota de prensa el Gobierno regional, estas medidas de flexibilización afectan al desarrollo de la formación en centros de trabajo de las enseñanzas de Formación Profesional y de los programas específicos de FP, a los proyectos de Formación Profesional Dual, al desarrollo de la fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres de enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño; así como al desarrollo de las prácticas externas en las enseñanzas artísticas superiores en Diseño y para el módulo de formación práctica en las enseñanzas deportivas.

Estas medidas podrían cambiar en función de la evolución de la alerta sanitaria y de sus efectos y atendiendo siempre a las decisiones de las autoridades competentes.

Se ofrecen instrucciones específicas para cada una de las enseñanzas anteriormente referidas, que van desde el número de horas para cada módulo, la posibilidad de incrementar las mismas hasta el máximo previsto legalmente si fuera viable realizarlas de forma presencial o en teletrabajo.

También se establece la posibilidad de sustituir total o parcialmente la estancia en empresas por una propuesta de actividades asociadas al entorno laboral o actividades formativas vinculadas en la medida de lo posible a entornos reales de trabajo.

En algunos casos también se ofrece la posibilidad de integrar diferentes módulos profesionales en uno solo, estableciéndose el número de horas para el mismo.

Se ofrecen instrucciones sobre cómo debe ser el seguimiento a llevar a cabo por los equipos docentes y tutores, así como la evaluación y calificación.

Se señala, en este sentido, que deberán atender los casos generales o individuales que el alumnado está viviendo por el confinamiento y utilizar los recursos telemáticos disponibles garantizando la igualdad de oportunidades y utilizando los medios necesarios que disminuyan en lo posible los problemas derivados de la brecha digital. También se han establecido procedimientos de renuncia a convocatoria y de exención de la formación en centros de trabajo.

Sobre este último aspecto se señala expresamente que los estudiantes de último curso del área sanitaria o sociocomunitaria de FP que hayan accedido a un contrato de trabajo de los establecidos en el marco de la Orden SND/299/2020, de 27 de marzo, podrán solicitar la exención total o parcial de ese módulo profesional.

ORIENTACIONES BÁSICAS

Para facilitar la labor de los equipos directivos y docentes a la hora de aplicar estas instrucciones desde la Consejería de Educación también se han remitido a los centros educativos una serie de orientaciones básicas para el desarrollo de la formación en centros de trabajo.

Así se han puesto ejemplos de cómo aplicar los resultados de aprendizaje y criterios de evaluación del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo de un Ciclo Formativo de Grado Superior, uno de Grado Medio y de un Ciclo de Formación Profesional Básica, que se pueden descargar del siguiente enlace del portal de educación de Castilla-La Mancha: http://www.educa.jccm.es/es/fpclm/estudios-formacion-profesi...

Con estos tres ejemplos se pretenden dar ideas a partir de las cuales los Equipos docentes deben hacer una programación completa del módulo profesional, teniendo que tener en cuenta para ello, todo lo establecido en las instrucciones publicadas.

Todas las instrucciones pueden ser consultadas con más detalle en el portal de Educación de Castilla-La Mancha: http://www.educa.jccm.es/es.

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