DCLM.ES · Castilla-La Mancha · Sociedad
El alumnado que se incorpore al primer curso del segundo ciclo de Educación Infantil y al primer curso de Educación Primaria, y que reúna una serie de requisitos establecidos por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, podrá solicitar a partir de este lunes las ayudas consistentes en el uso de libros de texto y de comedor escolar.
Así consta en el Decreto, que publica este viernes el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y recoge Europa Press, que fue aprobado el pasado 30 de junio y modifica el Decreto de 10 de abril de 2018, que regula la concesión directa de ayudas consistentes en el uso de libros de texto por el alumnado de Educación Primaria y Secundaria Obligatoria y de comedor escolar para el alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria, matriculados en centros sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha.
Serán beneficiarios de las ayudas consistente en el uso de libros de texto, en cualquiera de sus formatos en régimen de préstamo por el alumnado matriculado en los centros educativos públicos y privados concertados de Castilla-La Mancha en las enseñanzas de Primaria y Secundaria, el alumnado que resultó beneficiario en el curso 2019/2020 y permanezca, en el curso 2020/2021, en dichas etapas educativas.
También el alumnado que se incorpore al primer curso de educación Primaria, que reúna una serie de requisitos, y el alumnado que estando matriculado en las etapas y centros educativos mencionados no solicitó o le fue denegada las ayudas en el curso 2019/2020 y cumpla esos requisitos.
AYUDAS DE COMEDOR
En el caso de las ayudas en especie consistente la financiación total o parcial de la comida del mediodía del servicio del alumnado matriculado en educación Infantil de segundo ciclo o en educación Primaria de Castilla-La Mancha en centros sostenidos con fondos públicos serán beneficiarios aquellos estudiantes que ya disfrutaron de la beca en el curso 2019/2020 y permanezca, en el curso 2020/2021, en las citadas etapas educativas.
También podrá acceder a ellas, el alumnado que estando matriculado en las etapas y centros educativos mencionados no solicitó o le fue denegada las ayudas en el curso 2019/2020 y cumpla una serie de requisitos.
Para todos los alumnos referidos anteriormente, el plazo para presentar solicitudes será de 15 días hábiles a partir de este sábado.
En el caso de los centros privados concertados, el plazo para presentar la solicitud será también de 15 días hábiles a partir de este sábado.
SOLICITUDES
La presentación de solicitudes por parte de las familias se hará mediante una solicitud única, se presentarán por el padre, madre o tutor legal, de forma electrónica, mediante la cumplimentación y el envío telemático del formulario de solicitud a través de la plataforma educativa Papás 2.0 (https://papas.jccm.es), que estará disponible en dicha plataforma con ocasión de la publicación de este Decreto y será accesible, asimismo, desde la Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https:// www.jccm.es//).
Las solicitudes a presentar por los centros educativos privados concertados se presentarán exclusivamente de forma telemática, con firma electrónica, a través de la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es), mediante la cumplimentación y el envío del formulario que estará disponible en dicha Sede Electrónica y en el Portal de Educación de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (http://www.educa.jccm.es) con ocasión de la publicación de la resolución de inicio del procedimiento.
Será condición necesaria para que el alumnado solicitante matriculado en centros concertados en los cursos establecidos en esta modalidad, pueda resultar usuario de los libros de texto, que el centro en que esté matriculado dicho alumnado solicite la subvención.
FINANCIACIÓN
El crédito destinado por el Gobierno regional para financiar este programa de ayudas para el curso escolar 2020/2021 es de 9.585.696,83 euros. La cuantía máxima individual de la ayuda es de 240 euros.
En el caso de la ayuda de comedor la cuantía individual será del 100 % o del 50 % del importe del coste del servicio, en función del nivel de renta.
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