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El Juzgado de lo Penal número 3 de Albacete tiene previsto juzgar el próximo jueves, 3 de septiembre, a J.N.R. y a D.C.M., acusados de cometer un delito de estafa en la compraventa de una vivienda embargada en la ciudad de Albacete, por el que podrían enfrentarse a tres años de prisión.
Según consta en el escrito de la Fiscalía, el viernes 2 de diciembre de 2016, los denunciantes M.T.V. y su esposa T.F.S. se dirigieron a una agencia inmobiliaria de la ciudad que estaba "aparentemente" regentada por el acusado D.C.M., con la intención de comprar un vivienda y tras visitar varios pisos, finalmente eligieron la vivienda cuyo propietario era el acusado J.N.R.
El martes 13 de diciembre de 2016, el acusado D.C.M. remitió por correo electrónico a los compradores un mensaje en el que figuraba únicamente la primera página fotografiada de una nota simple registral en la que no constaba que la vivienda estuviera sujeta a ningún tipo de gravamen o carga, apareciendo así, que la casa no garantizaba el pago de ninguna deuda de su propietario.
Los denunciantes decidieron realizar un contrato de compraventa en el momento de la contratación preliminar, sin ser conocedores de la intención de ambos acusados, siendo la del propietario de la vivienda la de encargarle al otro acusado el que la vendiera ocultando que estaba embargada. Mientras, la intención del segundo acusado, como aparente responsable de la agencia inmobiliaria, era la de captar a los denunciantes como compradores y completar o perfeccionar la ocultación del gravamen en el mismo momento de la contratación preliminar.
TRES DOCUMENTOS FIRMADOS Y 10.000 EUROS ENTREGADOS
Según se recoge en el escrito, el 15 de diciembre de 2016 el acusado J.N.R. como vendedor, y el denunciante M.T.V. como comprador, firmaron tres documentos: un contrato de arras penitenciales, en el que constaba que el propietario del inmueble reconocía que se hallaba libre de cargas, gravámenes, arrendamientos y vicios ocultos, entregando los compradores, en este momento de la firma, la cantidad de 7.000 euros que se descontarían del precio final del piso.
El segundo documento firmado se trataba del recibo del pago de 1.000 euros abonados en concepto de reserva del inventario. Y el tercer documento correspondía al recibo de pago de 2.000 euros, entregados en concepto de abono de los honorarios. Por tanto, los compradores, M.T.V. y T.F.S. abonaron la cantidad total de 10.000 euros.
Posteriormente, los compradores visitaron dos entidades de crédito recibiendo en ambas la misma respuesta: "la vivienda estaba judicialmente embargada", por lo que no podían concederles ningún préstamo hipotecario.
Tras esta negativa por parte de los bancos, el matrimonio exigió una explicación al vendedor y en ese momento el acusado y propietario de la vivienda, J.N.R., les entregó una nota compuesta por dos páginas en las que sí figuraba la existencia del embargo judicial.
Más tarde, el martes 28 de febrero del 2017 los compradores enviaron un 'sms' al dueño del piso para que reunirse en la notaría de A.T. sin que pesara ninguna carga o gravamen, pero no recibieron respuesta por parte del acusado.
Antes de la firma de la escritura pública de compraventa, los compradores decidieron regresar a la agencia inmobiliaria para "exigir" una solución y fueron sorprendidos al conocer por parte del gerente de dicha inmobiliaria, F.J.L.M., que el acusado ya no trabajaba para él desde hacía varias semanas, que se había hecho pasar por el jefe de la inmobiliaria y que ya no tenía ningún contacto con él. Es en ese momento cuando el gerente de la inmobiliaria devolvió al matrimonio los 2.000 euros que habían entregado para abonar gastos de gestión.
Por todo ello, la Fiscalía considera que estos hechos son constitutivos de un delito de estafa por lo que pide para ambos acusados la pena de tres años de prisión por delito de estafa, así como la entrega a M.T.V. y T.F.S. de la cuantía de 8.000 euros, dinero correspondiente al valor del precio que pagaron para comprar la casa que los acusados no podían vender.
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