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DCLM.ES · Castilla-La Mancha · Sociedad

Estas son las nuevas medidas restrictivas nivel 3 "reforzado" en CLM

Se reforzarán los controles policiales y se sancionará el incumplimiento de las nuevas medidas.

19.01.2021

Sociedad en Castilla-La Mancha

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A partir de las 00:00 horas de este martes, 19 de enero, han entrado en vigor, las medidas (antiCovid) reforzadas de Nivel 3 para toda la región según la Resolución de la Consejería de Sanidad del Gobierno de Castilla-la Mancha. De esta forma, se adoptan medidas especiales en materia de Salud Pública, para la contención del Covid-19 en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

Esta decisión se ha adoptado en base al aumento en el número de los contagios y a la incidencia acumulada en las últimas semanas. En Talavera de la Reina, la semana 1, del 4 al 10 de enero, se han registrado un total de 528 casos. Pero, además, se acumula una tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días de 965 por cada 100.000 habitantes. Las medidas tendrán una validez de 10 días naturales, prorrogables en función de la situación epidemiológica.

También se ha aprobado el Decreto 4/2021, de 18 de enero, del presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, Emiliano García-Page, por el que se modifica el Decreto 66/2020, de 29 de octubre, por el que se determinan medidas específicas en el ámbito del estado de alarma.

TOQUE DE QUEDA ENTRE LAS 22.00 Y LAS 7.00 HORAS Y CONFINAMIENTO PERIMETRAL DE TODOS LOS MUNICIPIOS DE LA REGIÓN

El Decreto recoge la adopción de medidas como la ampliación del toque de queda, que se establece entre las 22:00 y las 7:00 horas del día siguiente. El toque de queda limita la libertad de circulación de las personas en este horario nocturno, recogiendo excepciones de necesidad o emergencia. De igual modo, se ordena el confinamiento (cierre) perimetral de todos y cada uno de los municipios de la comunidad autónoma. En este segundo caso, se limita la entrada y salida en toda Castilla-La Mancha y en los términos municipales de la misma.

CIERRE DE BARES, RESTAURANTES Y RESTO DE ESTABLECIMIENTOS CON SERVICIO DE HOSTELERÍA

Se procede al cierre de bares, restaurantes, cafeterías, pubs y resto de establecimientos de hostelería. Quedan exceptuados de esta medida los establecimientos y locales que presten un servicio considerado esencial, como es el caso de los servicios de hostelería en hospitales y clínicas para uso de usuarios y profesionales, en establecimientos hoteleros para uso exclusivo de clientes alojados o en empresas y centros de trabajo para uso de empleados. También el servicio de comedor escolar en guarderías y centros docentes de enseñanza regalada (colegios de Educación Primaria, Institutos y Universidades).

En estos casos queda suspendido el servicio en barra y su aforo máximo se establece en un tercio del fijado habitualmente, manteniendo el resto de medidas establecidas en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.

SE PERMITE EL SERVICIO DE REPARTO A DOMICILIO Y RECOGIDA EN LOCALES

La resolución permite el servicio de reparto a domicilio y recogida en locales dentro del margen horario permitido de movilidad, que deberá ser antes de las 22:00 horas y después de las 07:00 horas.

CIERRE DE CENTROS COMERCIALES, SUPERFICIES Y ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES QUE PRESENTEN UNA SUPERFICIE ÚTIL DE EXPOSIÓN Y VENTA IGUAL O SUPERIOR A 300 METROS CUADRADOS

Los centros comerciales, superficies y establecimientos comerciales que presenten una superficie útil de exposición y venta igual o superior a 300 metros cuadrados deberán cerrar a excepción de los establecimientos dedicados a productos de alimentación, higiene y otros productos considerados esenciales, y únicamente para la venta de dichos productos.

En las tiendas y demás establecimientos comerciales que puedan permanecer abiertos, se extremarán las medidas higiénicosanitarias. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento.

Estos establecimientos limitarán su aforo a un tercio del aforo máximo. Con vistas a facilitar el control de aforo, aquellos establecimientos que dispongan de plazas propias de aparcamiento, deberán anular el 70 por ciento de las mismas.

CIERRE DE LOCALES DE JUEGO, APUESTAS Y BINGOS

Sanidad también ha resuelto el cierre de locales de juego y apuestas, bingos y establecimientos similares.

CELEBRACIONES DE BODAS, BAUTIZOS Y COMUNIONES EN INSTALACIONES DISTINTAS ALOCALES DE HOSTELERIA NO PUEDEN SUPERAR EL MÁXIMO DE 6 PERSONAS

En celebraciones posteriores a eventos como bodas, bautizos, comuniones y similares, que se lleven a cabo en instalaciones distintas a locales de hostelería, no se podrá superar el máximo de 6 personas; siempre garantizando el resto de medidas recogidas en la regulación en vigor.

SE PERMITEN LOS MERCADILLOS Y MERCADOS AL AIRE LIBRE QUE SE DEBERÁN LIMITAR EL NÚMERO DE PUESTOS AL AFORO ESTABLECIDO CON UNA DISTANCIA ENTRE LOS PUESTOS DE 4 METROS

Se podrán celebrar los mercadillos y mercados al aire libre con una limitación de un tercio del aforo total de los puestos e incrementándose la distancia de seguridad entre ellos de 2 a 4 metros. Tal y como ya se informó en la anterior etapa de Nivel 3 en la ciudad, se amplía la superficie tanto para el mercadillo de Patrocinio, de los domingos, como para el habitual de los miércoles, que permite la adaptación a esta normativa del tercio del aforo y la distancia de 4 metros de separación entre los puestos.

SIGUE SUSPENDIDA LA ACTIVIDAD EN CENTROS SOCIOSANITARIOS, CENTROS DE DÍA Y LAS VISITAS EN RESIDENCIAS DE MAYORES

En lo que se refiere a centros sociosanitarios, siguen suspendida, cautelarmente, la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y de servicios de estancias diurnas de personas mayores. También se suprimen las visitas sociales en Residencias de Mayores, centros para personas con discapacidad grave, Viviendas Tuteladas de Mayores y Centros Residenciales Sociosanitarios. La entrada a estos centros por parte de personas ajenas se limitará a lo estrictamente necesario.

No se permitirán salidas de los usuarios salvo razones de fuerza mayor en residencias y viviendas de mayores. A su regreso deberán permanecer en cuarentena durante el periodo que esté establecido en los protocolos en vigor; mientras que sí se podrá permitir el abandono definitivo o traslado temporal a un domicilio familiar, siempre por un periodo superior al de vigencia de las medidas especiales establecidas en el municipio; es decir, no se podrá retornar al centro mientras dichas medidas estén en vigor. Para ello, además, será necesaria la realización de pruebas diagnósticas según lo establecido en la regulación previa y autorización de la autoridad sanitaria competente.

En otros centros residenciales sociosanitarios de personas con discapacidad, menores, o personas con TMG, estarán permitidas las salidas siempre que la persona no sea sospechosa o presente síntomas compatibles con el Covid-19 y que el centro se encuentre libre del mismo en ese momento. Los responsables del centro deberán valorar la necesidad o conveniencia de que estas salidas se realicen acompañados por un profesional del centro.

Los trabajadores que, tras su periodo vacacional o ausencia de su puesto de trabajo, por un tiempo superior a una semana, que se incorporen a las residencias sociosanitarias o viviendas tuteladas/supervisadas u otros dispositivos residenciales sociosanitarios se les realizará, como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por Covid-19.

CENTROS DE CULTO AL 40% DEL AFORO Y VELATORIOS CON 6 PERSONAS

En otro orden, y en lo que se refiere a las actividades religiosas de ámbito social como bodas y bautizos se limita la ocupación en espacios cerrados a un 40% del aforo, mientras que al aire libre no deberá superar el número máximo de 100 personas, garantizando la distancia de seguridad interpersonal y las normas higiénico-sanitarias sobre prevención y contención del Covid-19. Se limita también a un máximo de 6 personas en los velatorios y comitivas fúnebres.

SE REFORZARÁN LOS CONTROLES POLICIALES Y SE SANCIONARÁ EL INCUMPLIMIENTO PARA IMPEDIR EL CONSUMO DE ALCOHOL EN LA VIA PÚBLICA

Sobre el consumo de alcohol, se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol que no estuviera autorizado y otras actividades no permitidas en la vía pública. En este sentido, la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y las autoridades competentes aplicarán rigurosamente las sanciones correspondientes. El Ayuntamiento, como se viene haciendo, aumentará la vigilancia para detectar y sancionar estos comportamientos y actividades.

EXTREMAR LAS MEDIDAS HIGIÉNICO-SANITARIAS EN TIENDAS, COMERCIOS, SUPERMERCADOS Y CENTROS COMERCIALES Y SE LIMITA SU AFORO MÁXIMO A UN TERCIO

En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento. Los locales comerciales, incluyendo supermercados y centros comerciales, limitarán su aforo a un tercio del aforo máximo.

LIMITACIÓN DEL 50% DEL AFORO EN AUTOBUSES URBANOS Y TAXIS

Sobre el transporte, se limitará al 50% la ocupación en autobuses urbanos y taxis. Se procurará aumentar la frecuencia de los horarios de autobuses para evitar aglomeraciones.

Las medidas prescritas por la Delegación Provincial incluyen un seguimiento minucioso del aislamiento de todos los casos y contactos por parte de Epidemiología, Enfermeros de Vigilancia Epidemiológica y Equipos de Atención Primaria, solicitando la colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad si así se precisara. Si desde el Ayuntamiento se tuviera conocimiento de otros locales o actividades que pudieran suponer un riesgo de contagio, se informará de inmediato a la Delegación Provincial de Sanidad para proceder a su cierre, prohibición o limitación con el fin de frenar la transmisión virus.

SUSPENSIÓN DE TODO TIPO DE ACTIVIDADES CULTURALES Y DE OCIO, COMO CINES, TEATROS Y CONFERENCIAS, ASÍ COMO ACTIVIDADES COLECTIVAS DE OCIO COMO ESPECTÁCULOS, EVENTOS CULTURALES, DEPORTIVOS, TAURINOS U OTROS. SE PERMITEN LAS COMPETICIONES DEPORTIVAS EN EL ÁMBITO FEDERATIVO, SIN LA PRESENCIA DE PUBLICO

Esta nueva resolución mantiene la suspensión de actividades culturales y de ocio, tales como cines, teatros, conferencias y otros que supongan la participación o presencia de más de 6 personas.

Igualmente se suspenden las actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que pueda suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos de estas medidas. Podrán celebrarse estas actividades cuando estén promovidas por asociaciones, peñas y particulares siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.

Las competiciones deportivas de ámbito federativo podrán celebrarse sin la presencia de público, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso. Se podrán celebrar competiciones deportivas no federadas siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.

CIERRE DE PISCINAS MUNICIPALES, EXCEPTO PARA USO TERAPEÚTICO

Cierre de piscinas municipales y otras instalaciones de este tipo para uso recreativo público independientemente de su titularidad, excepto para uso terapéutico. Cierre de piscinas comunitarias de bloques de edificios y, también, se cierran gimnasios, saunas y otros recintos de práctica del deporte y la educación física, tanto en espacio abierto como cerrado.

Las visitas guiadas a monumentos y lugares de interés cultural verán limitado el tamaño máximo de los grupos a seis personas. Se mantiene el cierre de cines, teatros, bibliotecas y museos, aunque se podrán celebrar congresos, seminarios y actividades de índole similar siempre que no se supere el número máximo de 6 personas.

Los hoteles sólo podrán contratar el 50 % de su capacidad. El uso de las zonas comunes se verá limitado en su aforo al 25%.

PARQUES Y JARDINES CERRADOS ENTRE LAS 22.00 Y LAS 8.00 HORAS. EN PARQUES INFANTILES Y CON ELEMENTOS DEPORTIVOS, SIGUE PROHIBIDO SU USO

Continúa el cierre cautelar de parques, jardines y espacios públicos de características similares durante el horario comprendido entre las 22:00 y las 8:00 horas. Durante su apertura se supervisará el mantenimiento de las medidas de prevención y protección individual. Se recuerda específicamente que en los elementos de juego de parques infantiles siguen precintados y su uso prohibido, así como los elementos para uso deportivo en estos espacios. Tampoco podrán usarse los bancos u otros elementos del mobiliario urbano. En el periodo de tiempo que se permite el acceso a parques y jardines se podrá pasear, hacer deporte o ir en bici.

SE LIMITA EL AFORO AL 50% EN ACADEMIAS, AUTOESCUELAS Y OTROS CENTOS DE FORMACIÓN NO REGLADA

Las academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada disminuirán su aforo máximo al 50 por ciento de habitual.

RECOMENDACIÓN DE LIMITAR LOS ENCUENTROS SOCIALES Y CON UN MÁXIMO DE 6 PERSONAS POR GRUPO

En último lugar, la resolución recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y también se recomienda a la ciudadanía que los encuentros sociales se limiten a un máximo de 6 personas, incluyendo convivientes.

Estas medidas tendrán una validez de 10 días naturales, prorrogables por otro periodo idéntico. Si las circunstancias epidemiológicas y la evolución de la pandemia reflejaran un empeoramiento de la situación, se podrán adoptar medidas complementarias a las establecidas en este documento.

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