DCLM.ES · Castilla-La Mancha · Política
El indulto o la amnistía son diferentes modalidades de perdón y como el perdón tienen diferentes consideraciones dependiendo de las cabezas y los corazones que los conceden. El subjetivismo de la figura puede llevar a situaciones como las que estamos viviendo en estos días en los que se niega el indulto a los independentistas de El Procés de Cataluña, pero se recuerda con nitidez el indulto a Tejero tras un golpe de Estado.
En ambos casos se intentó acabar con el orden constitucional, en ambos casos los condenados no habían solicitado el indulto y en ambos casos no había arrepentimiento por los hechos delictivos cometidos, sin embargo ambos casos no se plantean de la misma manera, y eso no quiere decir que haya justicia o injusticia en las resoluciones gubernamentales, ya que el Ejecutivo es quien tiene el poder de otorgarlos, sino que en ningún caso y bajo ningún concepto se debería haber concedido el indulto a Manuel Tejero Molina, como tampoco se debería conceder el indulto a los independentistas del Procés.
COMENZARON PIDIENDO LA AMNISTIA
Los independentistas catalanes comenzaron pidiendo la amnistía, o lo que es lo mismo la anulación de la sentencia, la pena y los antecedentes penales. La Amnistía es hacer que algo que pasó en realidad no pasó porque no han quedado consecuencias jurídicas, sociales, económicas ni personales tras ello. Pero es que además la Amnistía es una figura que se suele utilizar en libertad tras una situación dictatorial como fue la amnistía a los presos políticos tras el franquismo en nuestro país.
Asumir la Amnistía sería asumir un Gobierno ilegítimo, sería olvidar los días en los que los independentistas estuvieron en la retina de los españoles viendo lo que ocurría en las calles de cada pueblo de Cataluña. Sería borrar de un plumazo el gasto de los Ayuntamientos para reponer el mobiliario urbano destrozado. Sería borrar los insultos y situaciones comprometidas contra los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado. Sería olvidar los actos realizados por la Generalitat en favor de la independencia de una parte de España que se declara en la Constitución como “patria común e indivisible de todos los españoles”.
OTROS PIDIERON EL INDULTO
Cuando los radicales se dieron cuenta que la Amnistía no era negociable porque los delitos se habían cometido y las consecuencias habían salido muy caras se negaron a pedir el indulto, porque el indulto, que es una redención de penas, sería asumir su delito, algo que no van a hacer en ningún caso, por eso el Tribunal Supremo argumenta su “falta de arrepentimiento”.
El octubre de 2019 Oriol Junqueras, líder de ER, condenado a 13 años de prisión e inhabilitación por malversación y sedición, dejó claro que no quería pedir el indulto y añadió “el indulto se lo pueden meter donde les quepa”. García-Page celebraba por una vez el estar de acuerdo con el líder de Esquerra, en que el indulto “se lo pueden meter por donde les quepa”, y junto con el líder socialista castellano-manchego una buena parte de la sociedad opina de la misma manera.
Pero si la Amnistía significa deshacer lo hecho por un gobierno dictatorial, el indulto significa reconocer un error, pedir perdón por lo hecho, y ninguno de los implicados en El Procés están dispuestos a pedir perdón, aunque por ellos lo hicieron el sindicato UGT y el letrado Francesc Jufresa.
LAS PRETENSIONES DE LA SOLICITUD
El TS en su informe, al respecto de la petición de indulto, niega la posibilidad del mismo argumentando que “las alegaciones de los solicitantes no buscan que el indulto se apoye en razones que justifiquen una anticipada extinción de la responsabilidad criminal”, sino que lo solicitan por la “supuesta vulneración de derechos fundamentales que habrían repercutido en la sentencia”, según queda establecido en el punto 5 de los Fundamentos Jurídicos del Informe presentado por el Tribunal Supremo.
A tenor de lo establecido por el TS este informe explica que algunas solicitudes justifican la extinción de la responsabilidad criminal por “la quiebra del principio de proporcionalidad” y consideran el delito de sedición “como un precepto trasnochado sin equivalente en derecho comparado”, llegando a afirmar en la solicitud que “un delito contra el orden público no puede ser sancionado con penas tan elevadas”, algo a lo que se opone frontalmente el TS argumentando que “no es esto lo que autoriza la detenida lectura de nuestra sentencia y el examen riguroso del derecho comparado” y por todo ello “la Sala informa negativamente a la concesión de ninguna forma de indulto, total o parcial, a los condenados”.
EL AGRAVIO COMPARATIVO CON MANUEL TEJERO MOLINA
Sin embargo para los peticionarios se ha hecho inevitable comparar la resolución del TS con la que se dictó un día para Manuel Tejero Molina, protagonista del fallido golpe de Estado el 23 de febrero de 1981, al que en 1993 se le concedió el indulto por “conveniencia política” para contribuir “al olvido de unos hechos que deben quedar ya en el pasado”, sin que existiera arrepentimiento explícito, además de ser reincidente en los intentos. Tampoco pidió el indulto pero había cumplido 15 años de los 30 que se le habían impuesto en la sentencia.
Craso error en aquel momento porque la justificación dada es del todo inverosímil: “contribuir al olvido de unos hechos que deben quedar ya en el pasado” ¿Cómo se puede olvidar la historia? ¿Cómo condenar a un país a repetir su historia por el olvido de lo acaecido?
Lo que es evidente es que no se puede cometer el mismo error dos veces, o tal vez sea ese “olvido” del que hablaba el indulto de Tejero, el que nos ha llevado a querer indultar a los independentistas catalanes en este momento, o puede que ese Consejo General del Poder Judicial que debería haber sido renovado tenga algo que ver en el informe final que deniega el indulto.
Sea como fuere algunos nos sentimos hoy más cerca que nunca del presidente de CLM pero paradójicamente también del líder de Esquerra: “Que se metan el indulto por donde les quepa”, para bien o para mal.
P. Moratilla
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