DCLM.ES · Castilla-La Mancha · Sociedad
La denuncia, que volvemos a reproducir íntegramente, explica con claridad los motivos por los que se denuncia a la presidente regional de malversación de caudales públicos:
Al Fiscal General del Estado y Fiscalías del TSJ de Castilla-La Mancha y Audiencia Provincial de Toledo, www.cita.es/cospedal y www.miguelgallardo.es/cospedal.pdf
Miguel Ángel Gallardo Ortiz, ingeniero de minas, criminólogo, licenciado en Filosofía y diplomado en Altos Estudios Internacionales, perito judicial especialista en informática, telemática, acústica y criptología forense en nombre y derecho propio y también como Administrador Único de la empresa Cooperación Internacional en Tecnologías Avanzadas (CITA) SLU, constituida en 1996, y presidente de la Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas (APEDANICA), constituida en 1992, con Tel. 902998352 fax 902998379 E-mail: miguel@cita.es y domicilio en la calle Fernando Poo, 16 Piso 6ºB 28045 Madrid, formula DENUNCIA PENAL por presunto DELITO DE MALVERSACIÓN DE CAUDALES PÚBLICOS que debería ser PERSEGUIBLE DE OFICIO, EFICAZMENTE, por los siguientes HECHOS:
1º Es público que la presidenta de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, María Dolores de Cospedal García, está haciendo muy mal uso de servicios jurídicos institucionales para la defensa de derechos que, en todo caso, son siempre personales, particulares y privados, sin equívoco alguno. No debe confundirse el objeto de esta denuncia, que es el uso indebido, en pura malversación, de recursos materiales de titularidad pública y humanos como empleados públicos juristas, con el derecho que María Dolores de Cospedal García y su marido tienen a demandar con abogado y procurador de su elección, a quien consideren oportuno. Pero incluso si efectivamente ambos hubieran sido objeto de gravísimas injurias y calumnias que afectasen a su honor, cosa harto discutible, el hecho de que utilice recursos públicos para la defensa de derechos personales es una clara malversación de caudales públicos. En nuestra opinión, es la más repugnante malversación que puede cometer un cargo o empleado público, más aún si es abogada del Estado y cargo electo con responsabilidades políticas en un partido político que predica austeridad y ética pública, mientras presuntamente malversa servicios jurídicos. Además, es también público y notorio que la presunta malversadora tiene, personalmente, ingresos y patrimonio más que suficientes para costearse cualquier abogado y procurador de su libre elección.
2º La Fiscalía, y concretamente el Teniente Fiscal Inspector, Justino Zapatero Gómez, ya conoce nuestra voluntad de denunciar todas y cada una de las malversaciones de caudales públicos, como costas judiciales o como dedicación de letrados empleados públicos o hasta el papel, tóner de impresoras y amortizaciones de cualquier tipo de equipos, instalaciones, telecomunicaciones o consumo de fungibles para la defensa de derechos personales de cargos o empleados públicos (honor, salud, u otros derechos personales privados) y en especial reiteramos todo lo manifestado en nuestro escrito de fecha 2/11/12 que todavía no ha recibido respuesta, en el que denunciamos y pedimos que se abra expediente administrativo sancionador al Fiscal Adrián Zarzosa Hernández. Denunciaremos con la máxima publicidad a nuestro alcance, a todos los fiscales que incurran en el delito de prevaricación pasiva tipificado en el artículo 408 del Código Penal en todos los procedimientos en los que estén personados mientras un cargo público haga uso de un servicio jurídico institucional para defender derechos privados, con calificaciones más duras aún que las amparadas por la STS 3396/2011.
3º La criminalística de las malversaciones de servicios jurídicos institucionales es mucho más fácil, rápida y clarificadora si se comprende nuestra denuncia contra el Fiscal Adrián Zarzosa Hernández. Toda demanda presentada con la firma de un empleado es, en sí misma, la última resolución administrativa de un expediente al que la fiscalía siempre debe tener acceso. En nuestro caso, el fiscal denunciado nunca atendió nuestras reiteradas e insistentes solicitudes para que requiriese el expediente "Exp. 012.1/07 RC/md-la" de la Universidad Politécnica de Madrid, e incluso toleró en silencio que demandantes, funcionarios públicos peritos privados de BOLIDEN y SGAE, pretendieran estar exentos de hacer depósito o tasas para recurrir autos judiciales. Sea cual sea la respuesta de la inspección fiscal, nunca dejaremos de recriminarle, con mucha más dureza que la amparada por la STS 3396/2011, todo lo denunciado públicamente en Internet http://www.miguelgallardo.es/zarzosa.pdf
4º Incluso si la demanda anunciada por María Dolores de Cospedal García no fuera finalmente presentada, o no se admitiese a trámite, la malversación de cualquier recurso público, material o humano, o su tentativa, ha de ser eficazmente perseguida por el Ministerio Público, y el fiscal o los fiscales responsables de ello han de ser bien identificados en todos los casos. Es inadmisible, y condenable, la falta de criterio de los fiscales, que en unos casos piden hasta tres años y medio de prisión para quien es acusado de malversación al demandar por su honor personal (Fiscalía de la Audiencia Provincial de Castellón contra el alcalde de Borriol y vicepresidente de la Diputación de Castellón), en otros instan a que el demandante presente la demanda con abogado y procurador privado (Fiscal Castro Páramo de Santiago contra Ignacio González González cuando era vicepresidente de la Comunidad de Madrid), y en otros nada. Instituciones internacionales, como la OCDE, deberían de interesarse mucho más por la corruptelosa pasividad de los fiscales ante las malversaciones en España. El Instituto Nacional de Estadística (INE) publica que de las 273.965 condenas penales de 2011, en toda España, solamente 40 lo fueron por malversación de caudales públicos. Es voluntad y derecho de los denunciantes internacionalizar esta denuncia.
Por lo expuesto, a la Fiscalía a la que corresponda se solicita que, teniendo por presentada esta DENUNCIA PENAL por presunta MALVERSACIÓN DE CAUDALES PÚBLICOS, abra diligencias preprocesales y requiera a los servicios jurídicos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha copia íntegra y fedatada por funcionario público del expediente administrativo completo por el que se resuelve demandar a Greenpeace, con independencia de cuál sea el procedimiento judicial civil y el juzgado de primera instancia en el que sea repartido informándonos pronto de ello el fiscal responsable de la diligencia preprocesal que, aquí y así, solicitamos, en Madrid, a 12 de enero de 2012.
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