DCLM.ES · Ciudad Real · Sucesos
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Toledo juzgará el jueves 4 de abril a J.S.G., acusado de robar en un supermercado de la localidad toledana de Argés, hechos por los que el Ministerio Fiscal pide una pena de seis años de cárcel por un delito continuado de robo con fuerza en las cosas.
Según el escrito de la Fiscalía, al que ha tenido acceso Europa Press, sobre las 23.00 horas del 18 de abril de 2016, el acusado, acompañado de otro individuo cuya identidad no ha quedado acreditada, se personaron en el establecimiento de alimentación denominado Supermercado Argés, sito en la localidad de Argés y, valiéndose de un instrumento que a tal efecto portaban golpearon la puerta de acceso trasera de que disponía el establecimiento con la pretensión de abrirla.
Ya sea porque la apertura de la puerta se les resistió más de lo previsto o porque se percataron de la salida del interior del inmueble en que se ubicaba el supermercado de un persona que resultó alertada por el ruido generado por los golpes propinados por los asaltantes y salió a la calle para averiguar la procedencia y el motivo de tales sonidos, desistieron de su intento de acceder al establecimiento y abandonaron el lugar.
Más tarde, sobre las 00.30 horas del siguiente día, el acusado y el individuo antes referido regresaron al mentado supermercado, haciéndolo a bordo de un turismo que previamente habían robado, y tras estacionarlo justo al lado de la puerta de entrada se apearon del mismo y, conjuntamente, presididos nuevamente por un ánimo lucrativo y empleando una pata de cabra que portaban, violentaron el cierre de la persiana metálica que parapetaba la zona de entrada al supermercado.
Tras lograr su apertura y valiéndose del citado instrumento, asestaron varios golpes al cristal de que disponía la puerta de acceso en su parte inferior hasta conseguir su fractura, penetrando a continuación ambos en el establecimiento y dirigiéndose al lugar en que se hallaba emplazada la caja registradora, de cuyo cajón se apoderaron con el dinero en metálico existente en su interior, la cantidad de cien euros, así como de varios blíster de pilas y dispositivos portátiles de almacenamiento digital que se hallaban expuestos a la venta en dicha zona de la tienda.
Portando este botín, el acusado y su acompañante se ausentaron de inmediato del lugar a bordo del mentado vehículo. Más allá de la utilidad inicial conferida al vehículo en cuestión, el acusado continuó disponiendo del mismo de forma ilícita hasta el día 23 de abril, fecha en que fue localizado y recuperado por una patrulla de la Guardia Civil dentro del término municipal de Nambroca.
El acusado resultó ejecutoriamente condenado, entre otras, en virtud de sentencia firme de fecha 27 de enero de 2011 dictada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Toledo a la pena de dos años y tres meses de prisión como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas. Mucho antes de que el acusado cumpliera dicha pena, resultó nuevamente condenado, esta vez como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas y de un delito de robo de uso de vehículo a motor mediante sentencia firme de fecha 23 de marzo de 2012 dictada por el Juzgado de lo Penal número 25 de Madrid a la pena de 1 año de prisión, cuya ejecución fue suspendida por un plazo de tres años en virtud de auto de fecha 19 de abril de 2013.
Meses más tarde, el acusado fue de nuevo condenado mediante sentencia firme de fecha 29 de noviembre de 2012, dictada por el Juzgado de lo Penal número 3 de Madrid, siendo sancionado en esta ocasión a la pena de 6 meses de prisión por la comisión de un delito de robo con fuerza en las cosas y, de nuevo, le fue otorgado el beneficio de suspensión de la ejecución, por plazo de tres años, en virtud de auto de fecha 26 de septiembre de 2013.
Finalmente, mientras discurría el primero de los referidos plazos suspensivos, el acusado resultó condenado a la pena de un año de prisión por la comisión de un delito de robo con fuerza en las cosas y a la pena de nueve meses de multa como autor de un delito de robo de uso de vehículo a motor mediante sentencia firme de fecha 20 de septiembre de 2013 dictada por el Juzgado de lo Penal número 3 de Benidorm, siéndole concedido nuevamente y en cuanto a la pena de prisión el beneficio de la suspensión condicional durante dos años y acordándose la remisión definitiva de la pena mediante auto de fecha 14 de mayo de 2016.
Por todo ello, la Fiscalía considera que procede imponer al acusado la pena de seis meses de prisión, así como una indemnización de 160 euros a H.J. como resarcimiento de los efectos y el metálico que le fueron sustraídos y de 95 euros a A.M.G. por los desperfectos ocasionados en el turismo de su propiedad que fue sustraído para el robo.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Toledo juzgará el próximo miércoles, día 3 de abril, a C.B.Z., A.N.C. y T.M.C. por agredirse mutuamente tras iniciar una discusión el 6 de agosto de 2017 en la localidad toledana de Valdepeñas.
En concreto, la Fiscalía reclama una pena de ocho años de cárcel para C.B.Z. por dos delitos de lesiones contra A.N.C. y T.M.C., mientras que para A.N.C. y T.M.C. demanda una pena de dos años y seis meses de prisión, respectivamente, por un delito de lesiones contra C.B.Z.
Según el escrito del Ministerio Fiscal, al que ha tenido acceso Europa Press, sobre las 8.00 horas del 6 de agosto de 2017, en el parque La Sobana de Villacañas, se encontraban los tres acusados, los cuales iniciaron una discusión en cuyo transcurso, y subiendo de agresividad verbal la disputa, iniciaron un forcejeo, enzarzándose y golpeándose con puñetazos y patadas.
En ese momento, C.B.Z., con ánimo de menoscabar físicamente a A.N.C., le propinó un golpe en la cara con un vaso de cristal, acudiendo en su ayuda T.M.C.. Igualmente, C.B.Z. con igual ánimo de menoscabo, le estallo en la cabeza lo que quedaba del vaso.
Además de las penas privativas de libertad, la Fiscalía demanda que C.B.Z. indemnice a A.N.C. con 2.000 euros por las lesiones y 2.659 euros por las secuelas y a T.M.C. con 1.175 euros por las lesiones y 6.877,28 euros por las secuelas; y que A.N.C. y T.M.C. indemnicen conjunta y solidariamente a C.B.Z. con 750 euros por las lesiones y 828,75 por las secuelas.
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ciudad Real celebrará este jueves, día 21, a partir de las 10.00 horas, el juicio contra J.C.G.N, acusado de un delito de lesiones ocasionado a otro hombre, durante las fiestas de Carnaval de Miguelturra, el 26 de febrero de 2017.
Según el escrito de acusación del Ministerio Fiscal, recogido por Europa Press, los hechos, por los que pide tres años de prisión y una indemnización de 15.372 euros, tuvieron lugar sobre las 7.15 horas de esa madrugada en la calla Ancha de la localidad.
El acusado inició una fuerte discusión con el denunciante, J.C.A.E., en el curso de la cual y tras un leve forcejeo entre ambos, con ánimo de menoscabar su integridad física, le propinó varios puñetazos y golpes en el rostro que le ocasionaron fractura de huesos propios, fractura no desplazada de falange distal de primer dedo de la mano izquierda, contusiones en cara, herida inciso-contusa en labio inferior, fractura de corona radicular en pieza dental 22 y fractura radicular a nivel de tercio medio de piezas dentarias 11 y 21.
Por estas lesiones, J.C.A.E, precisó tratamiento médico quirúrgico consistente en inmovilización con férula nasal, tratamiento inmovilizador de falange distal del primer dedo de la mano izquierda, cuatro puntos de sutura así como tratamiento odontológico consistente en extracción del resto radicular de pieza 22, extracción radicular de piezas 21 y 11, implantes osteointegrados de las piezas 11, 21 y 22 e injerto de hueso y tejido conectivo, tardando en sanar un total de 53 días, todos ellos impeditivos de sanación.
Como secuela le quedó la pérdida completa traumática de un incisivo y un ligero perjuicio estético consistente en inflamación y cicatriz pequeña en dorso nasal.
El Fiscal considera que en los hechos concurre como circunstancia atenuante las dilaciones indebidas y establece, además de la pena de prisión, una indemnización desglosada en 3.975 euros por las lesiones, 3.000 euros por las secuelas y 7.000 euros por el perjuicio estético.
A.S., un ciudadano marroquí acusado de violar y matar a golpes a un amigo con el que convivía en Albacete, también de origen marroquí, ha indicado que en ningún momento quería matarlo y que lo hizo bajo la influencia del alcohol y las drogas.
Así lo ha narrado este lunes el propio acusado durante la cuarta sesión del juicio que se celebra, con jurado popular, en la Audiencia Provincial de Albacete, donde también ha indicado que la pedrada mortal fue accidental, ya que la "la lanzó" a oscuras y sin un objetivo claro.
Una versión que han negado los forenses, que han declarado previamente al acusado, y quienes han asegurado que la víctima tenía varios impactos en el cráneo que habían sido asestados por una piedra.
El acusado también ha contado que la víctima, en un primer momento trató de agredirlo sexualmente y que, acto seguido, salió del habitáculo en el que convivían ambos --una pequeña construcción abandonada y en ruinas a las afueras de Albacete, donde la víctima pernoctaba habitualmente--.
Al salir del habitáculo, pasado un tiempo, el acusado volvió a entrar, lanzó la piedra contra la víctima y lo violó. "No tenía intención de matarlo", ha contado A.S., indicando que si hubiera querido hacerlo "hubiera usado un cuchillo o cualquiera otra arma".
Durante la sesión de este lunes, también han prestado declaración los forenses, quienes han confirmado que la víctima presentaba numerosas heridas en el cráneo, además de otras 'postmortem' por mordeduras de roedores y gatos tras haber estado varios días el cuerpo en el habitáculo.
Los forenses, a su juicio, también han destacado que el acusado "premeditó" la acción, ya que tras salir del habitáculo por el presunto intento de agresión sexual podría haberse marchado y, en cambio, se quedó, lo violó y, posteriormente, lo mató.
PENDIENTES DEL VEREDICTO
Concluido el juicio oral, la magistrada procederá a someter al jurado popular, por escrito, el objeto del veredicto, a través de diferentes preguntas, con el objetivo de que los nueve miembros que lo componen respondan de forma motivada si el acusado es o no culpable.
Una vez establecido el objeto, el jurado deberá designar un portavoz que presidirá y dirigirá las sesiones de deliberación, que serán secretas. Cada miembro deberá responder a las preguntas de forma individual y votar si estima probados o no los hechos y si estiman o no culpable al acusado.
Los diferentes agentes de la policía científica que este viernes han participado en la tercera sesión del juicio contra A.S., un ciudadano marroquí acusado de violar y matar a golpes a un amigo, también de origen marroquí, con el que convivía en Albacete, han confirmado que el presunto homicida asestó a la víctima varios golpes con una piedra en la cabeza hasta matarlo.
Así lo han contado los distintos agentes que participaron en la investigación del crimen durante la tercera sesión del juicio que se celebra, con jurado popular, en la Audiencia Provincial de Albacete.
Uno de los agentes que realizó las dos inspecciones oculares que se hicieron en la escena del crimen --una pequeña construcción abandonada y en ruinas a las afueras de Albacete, donde la víctima pernoctaba habitualmente-- ha indicado que el cadáver presentaba "múltiples golpes en la cabeza" que se habían dado con una piedra que también se encontraba en el lugar.
En este sentido, el agente ha explicado que también se encontraron numerosas manchas de sangre en la pared, junto al cuerpo, a consecuencia de las salpicaduras provocadas por los golpes en la cabeza. Asimismo,
Del mismo modo, los agentes también han señalado que, como hacía ya varios días que la víctima había fallecido, el cadáver presentaba diferentes mordeduras en las extremidades provocadas por roedores y felinos.
Asimismo, también han confirmado que los perfiles genéticos hallados en el interior del habitáculo donde se encontró el cadáver de la víctima, tras tomar las pruebas necesarias de los objetos que allí encontraron -latas y cucharas--, correspondían únicamente a la víctima y al acusado.
Durante la tercera sesión del juicio también han testificado varios compatriotas que conocían a la víctima, así como su hermano y las personas que dieron el aviso a la Policía Nacional tras hallar el cadáver en el lugar en el que la víctima vivía.
El juicio, en el que tanto la Fiscalía como la acusación particular piden para el acusado la prisión permanente revisable por el delito de asesinato, continuará el próximo lunes con las declaraciones de los forenses. El acusado no declarará hasta que no finalicen las pruebas testificales y documentales previstas en la celebración del juicio.
Los agentes de la Policía Nacional que este jueves han participado en la segunda sesión del juicio contra A.S., acusado de violar y matar a golpes a un amigo con el que convivía, han asegurado que el acusado reconoció los hechos tras ser detenido cuando planeaba fugarse hacia Valencia y que lo hizo en señal de venganza debido a que la víctima, previamente, había intentado abusar sexualmente de él.
Así lo han narrado varios agentes que este jueves han ofrecido su testimonio en la segunda sesión del juicio que se celebra en la Audiencia Provincial de Albacete y que juzga un jurado popular.
El primero de los agentes en intervenir ha indicado que el cuerpo de la víctima fue hallado en el interior de una construcción abandonada a las afueras de Albacete, donde la víctima solía pernoctar, después de que otros jóvenes dieran la voz de alarma al 092 de que habían hallado el cuerpo sin vida de una persona.
Tras personarse los policías en el lugar, comprobaron que la víctima había fallecido hacía ya varios días y que presentaba varios impactos en el cráneo. Unos golpes que, según ha contado el agente, fueron proferidos con dos piedras que se encontraban junto al lugar en el que se encontraba el cuerpo.
Durante la investigación para esclarecer quién era el culpable del homicidio, los agentes llegaron a la conclusión de que A.S. era el autor de estos hechos, aunque en ese momento se encontraba en paradero desconocido.
Gracias a una llamada de la Guardia Civil de Tobarra se pudo localizar al acusado, ya que varias personas de esta localidad albaceteña trasladaron a los agentes de la Benemérita que había llegado una persona que "decían que estaba escondiéndose tras haber cometido un homicidio en Albacete y que planeaba fugarse a Valencia", procediéndose así a la detención de A.S.
Según han narrado los agentes, el acusado, durante la toma de declaración, reconoció los hechos y dijo que la víctima, tras haber estado bebiendo alcohol, trató de agredirlo sexualmente cuando se encontraban en el habitáculo en el que ambos convivían.
Él se negó y se fue del habitáculo para después volver y golpearlo con una piedra y después violarlo, en señal de venganza, aunque asegurando que no lo mató y que lo dejó con vida.
Los agentes también han destacado la "frialdad" y la "ausencia de arrepentimiento" del acusado durante su declaración ante la Policía Nacional.
El juicio, en el que tanto la Fiscalía como la acusación particular piden para el acusado la prisión permanente revisable por el delito de asesinato, continuará durante la jornada de mañana con las declaraciones de los agentes de la científica y de los forenses.
El acusado no declarará hasta que no finalicen las pruebas testificales y documentales previstas para el juicio.
El juicio contra A.S., acusado de los presuntos delitos de agresión sexual y asesinato con alevosía contra R.M. en enero de 2022 en Albacete, ha arrancado este miércoles en la Audiencia Provincial de Albacete con la Fiscalía y la acusación particular manteniendo su petición de prisión permanente revisable por el delito de asesinato.
Así se ha señalado en esta primera sesión del juicio, en la que, por otra parte, la Fiscalía ha reiterado su petición de 12 años de cárcel para el acusado por el delito de agresión sexual, petición que se eleva hasta los 15 años en el caso de la acusación particular.
Por su parte, la defensa de A.S. sostiene que los hechos que serán juzgados no son constitutivos de un delito de asesinato sino de otro de homicidio imprudente, pidiendo además que se tenga en cuenta la atenuante de arrebato.
Tras la constitución del jurado, compuesto por seis mujeres y tres hombres, las partes han realizado su alegato inicial y han acordado que la declaración del acusado se realizará en último lugar tras la práctica del resto de la prueba y no en primera instancia, como estaba previsto.
La fiscal, en primer lugar, ha empleado su turno de palabra para recordar a los miembros del jurado que el acusado "es la única persona que no tiene obligación de decir verdad", por lo que ha incidido en que hará valer cualquier "contradicción" en la que pudiera incurrir A.S. durante su declaración.
Por contra, ha puesto en valor que el resto de personas que declaren en el juicio, incluidos agentes de policía, profesionales técnicos, forenses y demás expertos sí que tienen la obligación de decir la verdad, avanzando que sus testimonios servirán para "ilustrar" al jurado sobre las investigaciones que culminaron en la detención del ahora acusado.
De igual modo, ha advertido de que las pruebas, especialmente el "tour virtual" que se realizará por el lugar en el que apareció el cuerpo de la víctima, servirá para mostrar "con toda la crudeza" el escenario que los agentes encontraron cuando hallaron el cadáver.
Por su parte, la abogada de la acusación particular, que ejerce el hermano de R.M., ha puesto el foco en que desde su punto de vista, los hechos juzgados son "asesinato con alevosía y un delito de violación", avanzando que todos los hechos explicados por la acusación y el Ministerio Fiscal "van a quedar sin duda corroborados con todas las pruebas" que van a verse en las sesiones del juicio.
"El Ministerio Fiscal ya ha explicado todas las pruebas con las que vamos a contar y todas ellas son bastante esclarecedoras. Podrán ustedes observarlo", ha asegurado.
Entre ellas, ha citado las declaraciones de los policías nacionales que llevaron a cabo toda la investigación desde que se encontró el cadáver hasta que se consideró que el acusado podía ser el autor de los hechos, los informes de los médicos forenses, pruebas de ADN "que relacionan al acusado directamente con el arma del crimen y que dejan constancia de que existió violación" y un compendio de pruebas que, a su juicio, "no van a dejar duda alguna" sobre la culpabilidad de A.S.
UN HECHO "FEO"
Finalmente, la abogada defensora de A.S. ha reconocido que se está juzgando un hecho "feo" pero ha valorado que su defendido "dio una explicación" sobre el porqué de lo ocurrido y ha pedido encausar las acciones "en su justa medida".
En este sentido, ha pedido al jurado que evalúe si los actos ocurridos merecen que el acusado "deba perder su vida entera en prisión", haciendo hincapié en que el acusado se vio "en una situación irracional para muchos" que le llevó a actuar "de manera inexplicable".
La abogada ha sostenido además que A.S. "ha tenido episodios de alteración psíquica, con deseos de violación" y que "incluso sufrió un intento de homicidio", circunstancias todas ellas que "le fueron afectando" y que pudieron provocar "un estado transitorio, mental, de alteración".
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Toledo va a juzgar este jueves, 14 de marzo, a cuatro mujeres acusadas de dañar parte de una plantación de opio, hechos ocurridos en 2012 en el cultivo que una farmacéutica tenía en la localidad toledana de El Carpio de Tajo.
En su escrito de acusación, el Ministerio Fiscal relata que los hechos se remontan al 3 de junio de 2012, cuando las acusadas se encontraban en la explotación agrícola de plantas de adormidera denominada 'Madridejos', situada en el polígono de el Carpio de Tajo, propiedad de la empresa farmacéutica 'Alcaliber'.
De "común acuerdo, y con ánimo de menoscabar la propiedad ajena" , en superficie de 5.320 metros cuadrados, sobre las 3.15 horas, rajaron con cortes transversales el capuchón de las plantas para provocar el sangrado de las mismas, ocasionado el deterioro de la plantación, valorada en 6.588 euros, que reclama la empresas propietaria.
Considera la fiscal que por estos hechos, constitutivos de un delito de daños, cabe imponer a cada una de las encausadas una pena de 15 meses de multa, a razón de 12 euros diarios.
De igual modo, estipula que las acusadas indemnicen, conjunta y solidariamente, a la empresa farmacéutica 'Alcaliber' la cantidad de 6.588,29 euros por los desperfectos causados en dicha plantación.
La Audiencia Provincial de Ciudad Real juzgará este martes a una pareja que circulaba con 1,5 kilogramos de cocaína en el interior de su vehículo en el término municipal de Manzanares y para los que la Fiscalía pide una pena de prisión de siete años por un delito de tráfico de drogas.
Según consta en el escrito de acusación, al que ha tenido acceso Europa Press, los acusados circulaban a las 4.00 horas del 30 de junio de 2023 por la N-310, a la altura del término municipal de Manzanares, cuando fueron interceptados por varios agentes de la Guardia Civil que se encontraban realizando un control rutinario.
Los agentes, al realizar las comprobaciones oportunas, localizaron en el interior del vehículo dos paquetes con un peso total de 1.471,69 gramos de cocaína y con una pureza superior al 85%.
Según la Fiscalía, los acusados pretendían destinar la totalidad de la sustancia intervenida al tráfico con terceros, alcanzando la cocaína incautada un valor aproximado de 160.900 euros en el mercado clandestino.
Por estos hechos, el Ministerio Fiscal solicita para cada uno de los acusados una pena de prisión de siete años y una multa de 480.000 euros por un delito contra la salud pública.
La Audiencia Provincial de Albacete juzga el próximo miércoles a A.S., de 36 años, por los presuntos delitos de agresión sexual y asesinato con alevosía contra R.M., en enero de 2022. La fiscalía solicita la prisión permanente revisable por el delito de asesinato, así como una condena de 12 años de prisión por el delito de agresión sexual.
Según el escrito de la fiscalía, al que ha tenido acceso Europa Press, el 26 de enero de 2022, A.S., de nacionalidad marroquí, acudió a un bar de la zona conocida como 'las seiscientas', con su compatriota R.M., de 29 años. Tras consumir cervezas, abandonaron el establecimiento para dirigirse a una torreta eléctrica en deshuso en la carretera de Murcia nº 1, lugar en el que solia pernoctar R.M. y en el que ambos estuvieron conversando mientras R.M. seguía consumiendo cerveza.
Cuando R.M. se fue a dormir sobre un colchón que tenía dispuesto en la torreta, A.S. salió al exterior de la torreta, esperando a que R.M. se quedase dormido. Una vez R.M. se había quedado dormido, el acusado, siempre según el relato de la fiscalía, cogió una piedra de grandes dimensiones, golpeando a R.M varias veces con ella para, a continuación, violarle mientras estaba gravemente herido.
Tras la agresión sexual, A.S. habría golpeado nuevamente con la piedra en la cabeza varias veces a R.M., tapando posteriormente su cuerpo de completamente con una manta y abandonando el lugar llevándose el teléfono móvil de R.M. para asegurase que no pidiera ayuda.
R.M. fue hallado el 2 de febrero de 2022 en el lugar de los hechos muerto a causa de las heridas ocasionadas por la agresión.
Junto a las penas de prisión permanente revisable y una condena adicional de 12 años de prisión, la fiscalía solicita en concepto de responsabilidad civil, el pago de 150.000 euros a cada uno de los padres de R.M., H.M. y N.B., así como el pago de 50.000 euros al hermano de la víctima, O.M., por los daños morales causados como consecuencia de la muerte de R.M.
El Juzgado de lo Penal número 1 de Jaén ha condenado a diez meses de cárcel como autores de maltrato animal continuado a dos organizadores de peleas de gallos que fueron detenidos en marzo de 2022 en el marco de una operación policial que fue bautizada como Gladiador.
La intervención permitió desmantelar tres reñideros para peleas ilegales de gallos en Jaén capital, Mengíbar (Jaén) y la localidad cordobesa de Hornachuelos.
Según recoge la sentencia a la que ha accedido Europa Press, los acusados tenían "pleno conocimiento de las consecuencias gravemente lesivas y mortales para los animales" y a pesar de ello, durante 2021 y 2022 organizaron en fines de semana peleas de gallos con las consiguientes apuestas para "procurarse un beneficio ilícito".
A estas peleas asistían, según considera la sentencia como hechos probados, un elevado número de personas, algunos de ellos menores de edad. Para "aumentar su rendimiento y potencial lesivo en la lucha contra el oponente", los acusados usaban cuchillas y otros elementos cortantes, para mutilarles las crestas, las orejillas y las barbillas.
Además, les practicaban el tusado o afeitados de las plumas de las patas y el recorte y afilado de los espolones. Todo ello lo hacían "sin condiciones sanitarias y sin control veterinario", lo que ocasionaba "un sufrimiento grave en los animales y un menoscabo para su salud".
Además de estos dos acusados ya condenados, hay un tercero, al que se le imputan los mismos delitos, pero que no ha podido ser juzgado por encontrarse en paradero desconocido.
En la vista, los dos acusados reconocieron los hechos y se mostraron conformes con la pena propuesta por el Ministerio Fiscal. Además de la pena de cárcel, se les impone dos años y medio de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.
En la sentencia se accede igualmente a la suspensión de la pena de prisión, condicionada a que no delincan en el plazo de dos años y a dos meses de trabajos en beneficio de la comunidad.
OPERACIÓN POLICIAL
La operación policial desarrollada en marzo de 2022 se saldó con la detención de 57 personas, la recuperación de 206 gallos de combate, así como la incautación de 20.000 euros en metálico provenientes de apuestas ilegales, material de entrenamiento para los animales, multitud de fármacos y elementos quirúrgicos utilizados para doparlos y potenciar su rendimiento.
Las investigaciones se iniciaron en noviembre del 2021. Los investigadores del Grupo de Estupefacientes de Linares (Jaén) habían recibido diferentes informaciones sobre actividades ilegales que se estaban produciendo en la provincia y que resultaron ser peleas y apuestas clandestinas de gallos.
Tras recabar diferentes datos y conseguir identificar a varias personas que podrían ser los presuntos responsables, trazaron un dispositivo especial de vigilancias y discretos seguimientos que alternativamente activaban y suspendían para que no sospecharan de que estaban siendo vigiladas por la policía.
Esta labor llevó a los agentes hasta tres inmuebles ubicados en zonas residenciales de Jaén, Mengíbar y Hornachuelos (Córdoba). Estas parcelas se encontraban perfectamente camufladas de su función principal, que era la habilitación de diferentes espacios donde se desarrollaban las peleas y apuestas ilegales con el fin de dificultar la labor policial.
En apariencia, se trataban de unas viviendas más. Sin embargo, estaban dotadas de zonas ocultas de aparcamiento para vehículos, varias salidas que daban a zonas boscosas con el fin de que, si se producía un asalto, los asistentes pudieran darse a la fuga.
Según avanzaba la investigación con resultados positivos, sus responsables informaron al titular del Juzgado número 4 de Jaén, desde el que se autorizó la entrada y registro de los tres inmuebles sometidos a vigilancia. Se realizaron en varias jornadas a la espera de tener suficiente información sobre la celebración de alguna pelea.
Días atrás, se realizó el primer registro, concretamente en Jaén, donde se estaba produciendo una pelea mortal entre dos gallos, mientras los asistentes jaleaban y celebraban la lucha hasta la violenta muerte de uno de los animales.
Los agentes arrestaron a 56 personas y detectaron a siete menores que se encontraban como adultos alrededor del ring. En otras dependencias, los agentes recuperaron 47 gallos que estaban preparados para combatir entre multitud de fármacos y sustancias dopantes. De igual modo, intervinieron 20.000 euros en efectivo que estaban dedicados a las apuestas ilegales.
Posteriormente, se realizó el registro de la vivienda ubicada en Mengíbar, en la que se localizaron seis gallos de pelea, todos ellos con las características y lesiones habituales en estos animales que son utilizados para los combates.
El último de los registros tuvo lugar en el municipio cordobés de Hornachuelos, donde se arrestó al presunto responsable del reñidero que allí se encontraba. Los agentes hallaron 153 gallos, 30 gallinas y 50 crías.
También había abundante material que suele ser utilizado para las peleas ilegales de gallos, fármacos orales e inyectables, vitaminas, drogas para animales, maquinaria para el entrenamiento físico de los gallos y numerosos temporizadores para cronometrar el tiempo de las peleas. Supuestamente, este inmueble era utilizado como granja de cría de gallos de pelea.
Con respecto a las apuestas ilegales, los agentes de Cenpida (Centro Nacional Policial por la Integridad en el Deporte y las Apuesta) del Servicio de Juegos de Azar de la UDEV Central levantaron acta de sanción.
El jurado popular ha emitido este jueves su veredicto en el juicio por el asesinato de M.M.A. en Las Ventas de Retamosa (Toledo) en mayo de 2018 de todos los cargos mantenidos por la acusación para los cinco acusados en la Audiencia Provincial de Toledo.
Los 9 miembros del jurado, 5 hombres y 4 mujeres, han considerado probado por unanimidad que M.M.A. falleció el 4 de mayo de 2018 tiroteada a manos de R.R.A., bajo el encargo de L.C.M., mientras llevaba a su hijo de 12 años, D.B.M., al colegio. De esta forma, el autor material de los hechos, R.R.A., ha sido encontrado culpable por unanimidad del delito de asesinato de M.M.A., así como del intento de asesinato del hijo de esta, D.B.M.
De igual manera, L.C.M. ha sido encontrado culpable por unanimidad de los delitos de asesinato e inducción al asesinato.
Por otra parte, la mujer de L.C.M., M.C.M.V., ha sido encontrada culpable por unanimidad de los delitos de encubrimiento y amenazas a la víctima. A pesar de que en un principio la fiscalía y las acusaciones particulares señalaban a M.C.M.V. por los supuestos delitos de inducción al asesinato y asesinato, al igual que para L.C.M., los testimonios presentados a lo largo del juicio llevaron a estos a modificar los tipos criminales que la involucraban.
Por otra parte, la compañera sentimental de R.R.A., A.S.A., ha sido encontrada culpable de un delito de encubrimiento, al igual que el hermano de M.C.M.V., E.M.V.
La fiscalía y las acusaciones particulares han solicitado penas de 12 años de prisión por asesinato a L.C.M., y 20 años para R.R.A.
Asimismo, han manifestado su conformidad con la petición de suspensión de penas de prisión para M.C.M.V., E.M.V. y A.S.A., al no contar con penas previstas superiores a un dos años.
La Fiscalía de Castilla-La Mancha ha decidido la apertura de diligencias de investigación del vídeo en el que supuestamente el alcalde de Fontanar (Guadalajara), Víctor San Vidal, se dirige en términos "absolutamente vejatorios y humillantes" hacia una trabajadora del Ayuntamiento, considerando que estos hechos podrían ser constitutivos de un delito de acoso laboral o de trato degradante.
Según informa la Fiscalía a través de un comunicado, se considera que estas conductas, "que al parecer son reiteradas", son "absolutamente rechazables en una sociedad democrática en la que el respeto y la igualdad son esenciales para la convivencia, más tratándose de un funcionario público respecto de una trabajadora".
La Fiscalía fecha estos acontecimientos el día 3 de marzo de este año, unos hechos que al parecer se produjeron en dependencias municipales de la localidad de Fontanar.
En el vídeo, al que ha tenido acceso Europa Press, el alcalde, de la formación 'Entre todos Fontanar', recrimina a gritos a la trabajadora su actitud profiriéndole insultos como "subnormal, retrasada mental y tonta".
Unos hechos por los que el regidor ha mostrado su arrepentimiento y que ha achacado a "una situación de estrés acumulado" y a la "extrema tensión nerviosa" que lleva "arrastrando desde hace algún tiempo".
La Audiencia Provincial de Ciudad Real juzgará el próximo jueves, día 7 de marzo, a S.I.M., un portero de discoteca acusado de agredir a un hombre que trató de entrar al local de ocio nocturno tras una discusión entre ambos y para el que la Fiscalía pide cinco años de prisión por un delito de lesiones con el agravante de alevosía.
Según se desprende del escrito del Ministerio Fiscal al que ha tenido acceso Europa Press, la víctima intentó entrar en una conocida discoteca, ubicada en la calle Hidalgos de Ciudad Real, cuando el portero se lo impidió.
Tras una discusión verbal entre ambos y cuando la víctima se marchaba de la puerta del local, el portero abordó al hombre por la espalda, propinándole una patada en la pierna derecha, causándole una fractura compleja de tibia y peroné, lo que obligó a los servicios sanitarios a intervenirlo quirúrgicamente, según consta en el escrito de acusación.
A consecuencia de esta agresión, el hombre estuvo hospitalizado durante 22 días en el Hospital General Universitario de Ciudad Real y 210 días impedido.
Asimismo, el escrito de la Fiscalía señala que a la víctima le quedaron secuelas tales como cicatrices quirúrgicas, limitación de los últimos grados de flexión de la rodilla y atrofia en el cuádriceps, que le provoca una inestabilidad en la rodilla derecha y le obliga a usar muletas.
Por estos hechos, el Ministerio Fiscal solicita una pena de prisión para el acusado de cinco años por un delito de lesiones con el agravante de alevosía, además de una indemnización de 32.000 euros por las lesiones sufridas y por las secuelas.
J.P.G., el acusado de abusar sexualmente de su expareja y madre de su hijo, maltratarla, coaccionarla, amenazarla y vejarla en Miguelturra entre los meses de enero de 2022 y abril del mismo año ha reconocido los mensajes vejatorios y amenazantes, pero ha negado los abusos sexuales, asegurando que todas las relaciones fueron consentidas "en todo momento".
Lo ha dicho durante la vista judicial celebrada este martes en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ciudad Real, en la que el acusado ha indicado que los mensajes de WhatsApp vejatorios y amenazantes hacia la víctima los envió bajo la influencia de la cocaína y el alcohol.
El acusado, que durante la vista ha sido preguntado por la supuesta agresión sexual cometida en el interior de su vehículo en un camino rural entre las localidades de Bolaños y Almagro, donde obligó a su entonces pareja a mantener relaciones sexuales mientras la amenazaba con un hacha, ha negado la agresión, incluso el supuesto viaje que se hizo desde Bolaños, donde la denunciante estaba realizando un curso, hasta su domicilio.
Lo mismo ha hecho con la supuesta segunda agresión sexual, la cual, según la Fiscalía, se produjo en el domicilio en el que ambos convivían en la localidad de Miguelturra cuando él ya había dejado la relación. El acusado ha negado que entrara en la vivienda y se metiera al baño a violarla.
"Nunca le he hecho daño y nunca le he puesto una mano encima", ha indicado el acusado durante la celebración del juicio, en la que sí ha reconocido los mensajes de WhatsApp vejatorios, amenazantes e intimidatorios que escribió a la víctima después de enterarse que su expareja estaba en una relación con otra persona.
Mensajes como "pedazo de puta", "puta de mierda", "te tengo que reventar", "te voy a romper la boca", "no vales nada, solo para que te follen" o "estás muerta puta", además de otra serie de mensajes de corte racista debido a la nacionalidad ecuatoriana de ella.
Unos mensajes que, tal y como ha reconocido el propio acusado, lo hizo bajo la influencia del alcohol y la cocaína, ya que al enterarse de que su expareja tenía otra relación, fue a "pillar cocaína" y comenzó a consumirla hasta que se le "cruzó el cable", momento en el que le profirió esos mensajes, además de llegar a llamarla hasta en 71 ocasiones.
También ha reconocido que, en ese momento en el que el acusado "no se encontraba en sus cabales", difundió fotos íntimas y de contenido sexual de su expareja a través de diferentes redes sociales, siendo enviadas también a familiares de ella.
LE OBLIGÓ A PRACTICAR SEXO AMENAZADA CON UN MACHETE
Por su parte, la víctima ha señalado que el acusado la recogió en la localidad de Bolaños de Calatrava sorpresivamente tras acabar un curso formativo que ella estaba realizando. Durante el trayecto de Bolaños a Miguelturra, donde ambos residían, el acusado detuvo el vehículo en un camino rural y la obligó a mantener relaciones sexuales mientras la amenazaba con un machete.
Asimismo, la víctima también ha narrado que, una vez finalizada la relación sentimental que existía entre ambos, el acusado se dirigió hacia el domicilio en el que ambos vivieron para recoger sus enseres, entrando su expareja al baño y obligándola, nuevamente, a mantener sexo mientras la golpeaba.
La mujer ha contado que en el momento de los hechos no fue a denunciar debido a que la hija que compartía con el acusado tenía graves problemas de salud y que, en ese momento, estaba más "preocupada de la niña" que de lo que a ella le ocurrió.
También ha contado que, tras difundir fotos de contenido sexual de ella en redes sociales, el acusado se hizo pasar por ella, facilitando su número de teléfono y su dirección a través de diferentes canales de difusión ofreciendo sus servicios como prostituta.
LA FISCALÍA PIDE 29 AÑOS DE PRISIÓN PARA EL ACUSADO
La Fiscalía pide para el acusado una pena de 29 años y diez meses de prisión por dos delitos de agresión sexual con acceso carnal por vía vaginal, anal y bucal; un delito de maltrato habitual; un delito de coacciones leves; un delito de amenazas leves; un delito de odio; un delito de descubrimiento y revelación de secretos, y, por último, un delito de vejaciones injustas.
Sin embargo, desde la defensa, el abogado del acusado ha pedido rebajar la pena para su cliente, ya que las dos agresiones sexuales no se han podido demostrar al no existir pruebas de ello salvo el testimonio de la mujer.
La Audiencia Provincial de Ciudad Real juzgará el próximo jueves, día 7 de marzo, a S.I.M., un portero de discoteca acusado de agredir a un hombre que trató de entrar al local de ocio nocturno tras una discusión entre ambos y para el que la Fiscalía pide cinco años de prisión por un delito de lesiones con el agravante de alevosía.
Según se desprende del escrito del Ministerio Fiscal al que ha tenido acceso Europa Press, la víctima intentó entrar en una conocida discoteca, ubicada en la calle Hidalgos de Ciudad Real, cuando el portero se lo impidió.
Tras una discusión verbal entre ambos y cuando la víctima se marchaba de la puerta del local, el portero abordó al hombre por la espalda, propinándole una patada en la pierna derecha, causándole una fractura compleja de tibia y peroné, lo que obligó a los servicios sanitarios a intervenirlo quirúrgicamente, según consta en el escrito de acusación.
A consecuencia de esta agresión, el hombre estuvo hospitalizado durante 22 días en el Hospital General Universitario de Ciudad Real y 210 días impedido.
Asimismo, el escrito de la Fiscalía señala que a la víctima le quedaron secuelas tales como cicatrices quirúrgicas, limitación de los últimos grados de flexión de la rodilla y atrofia en el cuádriceps, que le provoca una inestabilidad en la rodilla derecha y le obliga a usar muletas.
Por estos hechos, el Ministerio Fiscal solicita una pena de prisión para el acusado de cinco años por un delito de lesiones con el agravante de alevosía, además de una indemnización de 32.000 euros por las lesiones sufridas y por las secuelas.
La Audiencia Provincial de Ciudad Real juzgará el próximo martes a J.P.G., un hombre 36 años de edad y nacionalidad española, acusado de abusar sexualmente de su expareja, maltratarla, coaccionarla, amenazarla y vejarla entre los meses de enero de 2022 y abril del mismo año, cuando ambos ya habían puesto fin a su relación sentimental.
La Fiscalía solicita para el acusado una pena de prisión de 29 años y diez meses por delitos de agresión sexual, maltrato habitual, coacciones, amenazas, odio, revelación de secretos y vejaciones.
Según se desprende del escrito de acusación al que ha tenido acceso Europa Press, los hechos denunciados por la víctima comenzaron en enero de 2022, cuando la mujer se encontraba realizando un curso formativo y el acusado se personó sorpresivamente para recogerla en coche. Durante el trayecto hacia el domicilio de ambos, donde convivían con la hija de ambos y otro hijo solo de la víctima, el acusado detuvo el vehículo y obligó a su entonces pareja a mantener relaciones sexuales, pese a la negativa de la mujer.
El acusado, tal y como consta en el escrito del fiscal, dijo a su entonces pareja que iban a mantener relaciones sexuales "por las buenas o por las malas", estacionando su vehículo y sacando un hacha de pequeñas dimensiones que portaba en su coche para quebrantar el consentimiento de su pareja, obligándola a que le practicara sexo oral, penetrándola analmente y eyaculando en su rostro a la vez que le decía "esto es lo que te gusta a ti puta". Durante el trayecto de vuelta al domicilio común le dijo que si denunciaba o contaba algo a alguien la mataría.
Posteriormente, en el mes de abril de 2022, habiendo cesado ya la relación sentimental que existía entre ambos, el acusado acudió al domicilio familiar a recoger sus enseres, encerrándose la víctima en el cuarto de baño cuando le vio entrar a la vivienda, siendo entonces cuando el acusado entró en el mismo, y, tras propinarle varios golpes cogiéndola por el cuello, la penetró vaginalmente.
El escrito del Ministerio Fiscal también señala que la mujer, a lo largo del último año de la relación, había sido víctima de "una situación de control y dominio por parte del acusado" con continuos desprecios, amenazas, forcejeos, conatos leves de agresión, insultos racistas y homófobos, control de redes sociales, llegando incluso controlar el entorno y personas con quién se relacionaba, hasta el punto de crear en la misma una situación de desasosiego, ansiedad y angustia continuo, razón por la cual, tomó la decisión de poner fin a la relación en el mes de marzo de 2022.
Decisión que no fue aceptada por el acusado, de manera que continuó hostigando y molestando a la denunciante, llegando a efectuar en un día más de 71 llamadas telefónicas a la víctima o una "multitud" de mensajes de WhatsApp en los que se dirigía a su expareja en los términos de "pedazo de puta", "puta de mierda", "te tengo que reventar", "te voy a romper la boca", "no vales nada, solo para que te follen" o "estás muerta puta".
Entre esa multitud de mensajes enviados por el acusado, algunos de ellos se dirigían directamente a la condición racial de su expareja, con ánimo de menoscabar y despreciar la raza negra con finalidad racista y homófoba, según se desprende del escrito del fiscal.
Finalmente, el acusado, con ánimo de menoscabar la integridad moral de su expareja, difundió fotos íntimas de contenido sexual de su expareja en Instagram y Facebook. Dichas fotos fueron también enviadas vía WhatsApp a familiares y conocidos de la denunciante, permaneciendo incluso de estado de WhatsApp en el móvil del acusado para que todos los que accedieran al mismo las vieran.
Por estos hechos, la Fiscalía pide para el acusado una pena de 29 años y diez meses de prisión por dos delitos de agresión sexual con acceso carnal por vía vaginal, anal y bucal; un delito de maltrato habitual; un delito de coacciones leves; un delito de amenazas leves; un delito de odio; un delito de descubrimiento y revelación de secretos, y por último, un delito de vejaciones injustas.
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