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DCLM.ES · Toledo · Sucesos

TRIBUNALES: El jurado encuentra al acusado del crimen de Gálvez culpable de homicidio, allanamiento y agresión

Toda la actualidad relevante en Tribunales de Justicia.

27.06.2024

Sucesos en Toledo

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27 DE JUNIO

El jurado encuentra al acusado del crimen de Gálvez culpable de homicidio, allanamiento y agresión

Los nueve miembros del jurado popular --6 mujeres y 3 hombres-- del juicio en la sección segunda de la Audiencia Provincial de Toledo han declarado a V.S. culpable por unanimidad por la muerte de J.B.S. en el municipio toledano de Gálvez, el 19 de diciembre de 2021.

El jurado ha valorado asimismo que el acusado es culpable de un delito de lesiones contra E.O., por mayoría de siete votos, asumiendo de esta manera el planteamiento de la Fiscalía, frente a la posición de la acusación particular que identificaba los hechos como una tentativa de homicidio.

Sobre los delitos de allanamiento de morada y quebrantamiento de condena al aproximarse a E.O. tras una anterior condena con orden de alejamiento por violencia de género, el jurado también ha encontrado culpable a V.S. por unanimidad.

Además, ha considerado probados los agravantes de superioridad, por la edad del acusado frente a la de la víctima J.B.S., de 77 años, en el homicidio, y de género en el delito de lesiones.

Por último, el jurado ha estimado la circunstancia atenuante por confesión tardía, tras la intervención de V.S. en uso de su derecho a la última palabra en la sesión del juicio de este miércoles, que el acusado aprovechó para ofrecer una nueva declaración en la que responsabilizaba a E.O., pareja sentimental de J.B.S. y expareja de V.S., por haberle instado a cometer el crimen, y argumentaba ser el padre de M.J.B.O., que se encontraba en la vivienda en el momento de los hechos.

Una declaración que chocaba con el rechazo de cualquier responsabilidad que mantuvo en su escueta declaración de la primera sesión del juicio el pasado lunes.

Según el relato del Fiscal, considerado probado por los miembros del jurado, el 19 de diciembre de 2021, V.S. salió en bicicleta desde la localidad de Menasalbas, donde vivía, y se desplazó hasta la localidad de Gálvez.

Allí el acusado se personó en el domicilio de las víctimas, allanando la vivienda tras derribar la puerta, armado con un cuchillo en mano, arremetiendo contra J.B.S. y acabando con su vida, para posteriormente cargar contra E.O., hiriéndola también gravemente.

Durante todo el desarrollo de los acontecimientos, en la vivienda también se encontraba M.J.B.O., hija de E.O. y J.B.S., que en el momento de los hechos contaba con 3 años de edad.

PETICIÓN DE 21 AÑOS Y MEDIO DE PRISIÓN

Una vez emitido el veredicto del jurado, el Ministerio Fiscal y la acusación particular han solicitado mantener la petición de penas de hasta 21 años y seis meses de prisión, oponiéndose a cualquier beneficio de reducción de las penas por cualquier circunstancia.

La defensa, por su parte, ha solicitado una reducción de las condenas a su tramo inferior dada la circunstancia atenuante de confesión tardía.

Sobre la responsabilidad civil planteada por la Fiscalía en una indemnización de 86.634,85 euros para E.O. por el fallecimiento de su pareja y 95.240,70 euros para M.J.B.O., por el fallecimiento de su padre, tanto el Fiscal como la acusación particular han solicitado el total mantenimiento de las mismas, mientras la defensa adelantó en la primera vista del juicio una situación de insolvencia.

25 DE JUNIO

El Supremo fija que dar un beso sin consentimiento es delito contra la libertad sexual

El Tribunal Supremo (TS) ha sentenciado que dar un beso sin consentimiento expreso o tácito es un delito contra la libertad sexual, ya que "el contacto fugaz de un beso no consentido supone una invasión corporal del autor sobre la víctima".

Lo ha fijado al confirmar la condena que la Audiencia Provincial de Sevilla impuso a un policía, por besar a una detenida sin consentimiento en los calabozos, a un año y nueve meses de cárcel como responsable de un delito de abuso sexual (ahora considerado agresión sexual tras la entrada en vigor de la ley del 'solo sí es sí') con la agravante de prevalimiento y la atenuante de embriaguez.

En la sentencia del Supremo, recogida por Europa Press, los magistrados declaran probado que existió un contacto físico de contenido sexual, después de haber tratado de ganarse la confianza de la denunciante y buscar cierta intimidad. El condenado, explican, llegó a besarla en la mejilla y lo intentó en los labios, aunque no lo consiguió.

"El beso y el intento de otro beso configuran una intromisión en la libertad sexual de una persona que se encontraba en un medio hostil por desconocido, concurriendo el ánimo tendencial o propósito de obtener una satisfacción sexual a consta de otro", indican.

Para el alto tribunal, por tanto, "no puede entenderse que exista un derecho de cualquier persona a acercarse a otra y darle un beso cuando la víctima no lo admite como prueba de cariño o afecto por sus circunstancias personales, familiares, o del tipo que sean", ya que supone "un ataque personal a su intimidad y libertad sexual de consentir o no consentir quién pueda acercarse a la misma para hacer un acto tan íntimo y personal como es darle un beso".

La Sala de lo Penal, con el magistrado Vicente Magro como ponente, señala que "no cabe un contacto corporal inconsentido bajo ningún pretexto si no hay consentimiento".

SABÍA QUE ELLA NO QUERÍA

Sobre el policía condenado, el Supremo expone que no solo las circunstancias del caso no evidenciaban un consentimiento por la chica, sino que él era consciente de ello e insistió en acercarse y besarla sin su consentimiento, "y aprovechándose de una situación en la que actuaba de vigilante y la condición de detenida de la víctima, lo que en estos casos les hace sentirse más víctimas".

El TS, además, subraya que no es preciso un "no" de la víctima ante intentos de besar a una mujer, sino que la clave está en el consentimiento: si no lo hay, lo que se produce es una agresión sexual.

Los magistrados precisan que distinto sería el caso si entre las dos partes existiera un vínculo personal que admita esa situación como normalizada, ya que si no es así, "ese acto tan privado supone un exceso".

Tiene que quedar "bien a las claras", continúan, que hay consentimiento por la otra persona para "el acceso de algo tan privativo como es la permisividad de que una persona le dé un beso a otra", apuntan.

Concluyen que un agente policial "en modo alguno puede acercarse a una detenida y darle un beso aprovechando su situación y la especial vulnerabilidad en la que se encuentra".

24 DE JUNIO 

El acusado de matar a la pareja de su exnovia en Gálvez (Toledo) niega su implicación en los hechos y rechaza declarar

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Toledo celebra desde este lunes el juicio con jurado contra V.S., acusado de acabar con la vida de J.B.S., de 77 años, pareja sentimental de su exnovia, E.O., contra la cual también habría cometido una agresión con arma blanca. Unas acusaciones por las cuales el ministerio Fiscal solicita 21 años y medio de prisión por los delitos de homicidio, lesiones, allanamiento de morada y quebrantamiento de una condena previa.

La primera sesión del juicio ha estado marcada por el testimonio del acusado, V.S. que, requiriendo de traducción, ha negado su implicación en los hechos y se ha acogido a su derecho a no declarar para no responder a las preguntas de la Fiscalía, de la acusación particular ni de su propia representación legal.

Ante la pregunta de la magistrada que preside la sala sobre si ha entendido las penas que solicitan para él, el acusado ha declarado que ha entendido que "la fiscal ha pedido una condena de 16 años" a través de "un contrato, un acuerdo", a pesar de lo cual, seguidamente ha negado considerarse responsable de los hechos.

SOLICITUD DE 21 AÑOS Y MEDIO DE PRISIÓN

Con carácter previo a la declaración del acusado, el Ministerio Fiscal ha relatado los hechos, según se encuentran ya recogidos en su escrito, según los cuales, el 19 de diciembre de 2021, V.S. salió en bicicleta desde la localidad de Menasalbas donde vivía y se desplazó hasta la localidad de Gálvez.

Allí, siempre según ha descrito el fiscal, "V.S. se presenta en el en el domicilio de las víctimas, echa abajo la puerta, entra con un cuchillo en mano, se encuentra a J.B.S., le apuñala hasta matarlo, y luego ataca a E.O. con el mismo cuchillo, tras lo cual se marcha a su domicilio". Además, ha especificado que durante todo el desarrollo de los acontecimientos, en la vivienda también se encontraba M.J.B.O., hija de E.O. y J.B.S., que en el momento de los hechos contaba con 3 años de edad.

Por estos hechos, la Fiscalía solicita una condena de 15 años de prisión por el delito de homicidio contra J.B.S., 5 años por un delito de lesiones, 1 año por un delito de allanamiento de morada --frente a los 2 años que solicitaba en su escrito--, así como seis meses por quebrantamiento de condena --a pesar de solicitarse según el escrito al que ha tenido acceso con carácter previo Europa Press, 1 año--, para un total de 21 años y medio de condenas.

Además, la Fiscalía solicita la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y la privación del derecho a residir en la localidad de Gálvez o aquel en que reside a E.O. y la hija de la víctima, M.J.B.O., así como una indemnización de 86.634,85 euros para E.O. y 95.240,70 euros para M.J.B.O., por "el fallecimiento o muerte de J.B.S.".

Unas solicitudes para las cuales la defensa ha adelantado que no existen recursos, ya que el acusado cuenta con "una resolución que decreta su insolvencia".

Por su parte, la acusación particular, que coincide en el relato de los hechos con el Ministerio Fiscal, discrepa en la solicitud de penas, que eleva a los 24 años, al estimar que la agresión a E.O. por parte de V.S. sería constitutiva de un delito de homicidio en grado de tentativa, por el que solicita una condena de 7 años y 6 meses de prisión.

JUICIO CON JURADO

Según está previsto, tras la primera vista oral, el juicio continuará en la Audiencia Provincial de Toledo hasta el próximo 27 de junio, con los testimonios de distintos testigos y peritos, tras lo cual, un jurado de 9 personas titulares, 6 mujeres y 3 hombres --con 2 mujeres más como suplentes--, tendrá que emitir un veredicto sobre la culpabilidad o no de V.S. en cada uno de los delitos de los que se le acusa.

23 DE JUNIO

Un jurado juzga este lunes a un acusado de matar a cuchilladas a la pareja de su exnovia, a la que también apuñaló

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Toledo acoge el este lunes, 24 de junio, un juicio con jurado popular contra V.S. para el que el Ministerio Público solicita 23 años de cárcel por un delito de homicidio tras matar a cuchilladas en Gálvez a la pareja de su exnovia, a la que también apuñaló varias veces.

Según el escrito de acusación particular de la Fiscalía, al que ha tenido acceso Europa Press, el acusado inició en 2018 una relación sentimental con E.O. --que duró aproximadamente hasta enero de 2019-- en que ambos llegaron a compartir domicilio en una finca en las proximidades de la localidad de Gálvez.

La relación fue dada por finalizada por parte de E.O. dado el maltrato físico y psicológico a que era sometida por el acusado, a consecuencia del cual se produjeron diversas denuncias y sentencias condenatorias para el acusado, continúa el relato del fiscal.

Tras la ruptura de dicha relación sentimental, E.O. reinició la relación que había mantenido con J.B.S., de 77 años de edad, fruto de la cual habían tenido una hija llamada M.J.B.O., nacida en 2018, conviviendo de forma estable los tres en el domicilio de Gálvez.

CON UN CUCHILLO DE COCINA

Dado que el acusado V.S. era sabedor de la existencia de dicha relación y no había superado la ruptura de su relación con E.O., el Ministerio Público estima que el 19 de diciembre de 2021 salió en bicicleta desde la localidad de Menasalbas donde vivía y se desplazó hasta la localidad de Gálvez, tras coger de la cocina un cuchillo de 11,5 centímetros de hoja y 26,5 centímetros de longitud total.

Así, sobre las 21.00 horas se presentó en las proximidades del domicilio de J.B.S. y E.O, pese a la vigencia de la pena de alejamiento y de las consecuencias legales por su incumplimiento. En aquel momento tanto J.B.S. como E.O. se encontraban en dicha vivienda, junto a su hija, de 3 años de edad, que se encontraba ya durmiendo en uno de los tres dormitorios del domicilio.

En otro dormitorio se encontraban hablando E.O. con una amiga llamada G.M., mientras que J.B.S. se encontraba en el pasillo de la vivienda, cuando el acusado, tras entrar en el portal del edificio al encontrarse la puerta de la calle abierta, subió hasta la primera planta, y sin previo aviso y sin autorización alguna, rompió de un golpe el cuadro superior de la puerta del piso de la vivienda de J.B.S. y E.O.

Entró así en el interior con el cuchillo en mano, relata el fiscal, que añade que sin que mediara discusión alguna, se dirigió por el pasillo hasta J.B.S., que se encontraba en la puerta de la habitación en que estaban E.O. y G.M., y le asestó varias puñaladas, una de ellas en el costado izquierdo y otra en el hombro izquierdo, cayendo al suelo de inmediato y falleciendo.

Al tiempo que esto sucedía, E.O. se abalanzó contra V.S. para evitar o mitigar la agresión a J.B.S., sin conseguirlo dada "la inmediatez y fugacidad del ataque", ya que el acusado comenzó a atacar a su expareja golpeándola con el cuchillo en la cabeza.

VARIAS PUÑALADAS A SU EXPAREJA

Pese a que la víctima intentó defenderse con una manta para cubrirse, V.S. consiguió quitársela, momento que aprovechó para asestarle varias puñaladas en el lado derecho del pecho, cayendo así al suelo donde el acusado la volvió a apuñalar en el hombro y en la pierna izquierda.

El fiscal apunta que E.O. necesitó para sanar de estas heridas de 45 días, todos ellos de perjuicio moderado, a lo que une que le quedaron vario secuelas de perjuicio estético.

Después de ello, el procesado se marchó del lugar, regresando a su domicilio de la localidad de Menasalbas, donde limpió el cuchillo y lo guardó en un cajón de la cocina, reconociendo a su compañero de vivienda --A.A.G.-- que había matado a dos personas.

Para la Fiscalía, los hechos descritos son constitutivos de un delito de allanamiento de morada, un delito de quebrantamiento de condena, un delito de homicidio y un delito de lesiones de género de los que es responsable el acusado en concepto de autor.

Así, señala que procede imponer al acusado dos años de cárcel por el delito de allanamiento de morada, un año de cárcel por el delito de quebrantamiento de condena, 15 años por el delito de homicidio y cinco años más por el delito de lesiones de género.

21 DE JUNIO

Piden casi seis años de cárcel para el conductor que causó la muerte a tres jóvenes en Argamasilla de Alba (Ciudad Real)

La Audiencia Provincial de Ciudad Real acogerá a partir del próximo lunes el juicio con jurado popular contra D.C.L., un joven de 25 años acusado de provocar un accidente mortal en junio de 2021 en la localidad ciudadrealeña de Argamasilla de Alba y que les costó la vida a tres jóvenes e hirió a otros tres --una de ellas viajaba de acompañante del acusado--.

Según se desprende del escrito de acusación al que ha tenido acceso Europa Press, el acusado conducía bajo la influencia del alcohol y las drogas a 94 kilómetros por hora mientras circulaba por la calle Encuentros cuando, tras saltarse un ceda el paso, embistió frontalmente el lateral de otro vehículo en el que viajaban cinco jóvenes.

A consecuencia de este choque frontal, murieron una menor de 16 años y dos jóvenes de 20 y 21, resultando heridas también otras tres personas mayores de 18 años.

El escrito del Ministerio Fiscal señala, además, que el conductor acusado de provocar el accidente dio positivo en alcoholemia, así como en consumo de cocaína y éxtasis.

Por estos hechos, la Fiscalía pide para el acusado una pena de prisión de cinco años y diez meses por un delito de conducción temeraria, otro de conducción a velocidad excesiva y otro más de conducción bajo la influencia del alcohol y las drogas, en concurso con tres delitos de homicidio por imprudencia grave y otros tres delitos de lesiones.

El Ministerio Fiscal solicita también que se le retire el carné de conducir durante ocho años y reclama indemnizaciones para las familias de los fallecidos de unos 80.000 euros por cada deceso, más otras cuantías para los heridos.

20 DE JUNIO

Archivan la causa contra 143 investigados en Murcia, CLM y Alicante por fraude en las ayudas de la PAC

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Puerto Llano, en Ciudad Real (Castilla-La Mancha), ha decretado el sobreseimiento de la causa abierta en febrero de 2020 contra 143 personas --41 de ellas jurídicas-- en las provincias de Toledo, Ciudad Real, Murcia y Alicante por los presuntos delitos de estafa, falsedad documental y fraude en la obtención de las ayudas de la Política Agraria Común (PAC) por valor de varios millones de euros.

Según el auto de firmeza emitido por el magistrado, al que ha tenido acceso Europa Press, el juzgado abrió el procedimiento a raíz de una operación del Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil tras detectar supuestas irregularidades vinculadas a ayudas comunitarias de las que resultaron beneficiarios terrenos de la zona del Valle de la Alcudia y Sierra Madrona, en Ciudad Real.

Durante el periodo de instrucción han sido investigados tres hombres como presuntos 'cabecillas' de la trama --un veterinario de Castilla-La Mancha y dos hermanos, administradores de una gestoría radicada en Totana (Murcia)--, así como sus parejas, como presuntos integrantes de un grupo organizado dedicado durante años a captar a agricultores, ganaderos y propietarios de tierras para recibir ayudas de la UE por labores de pastoreo de ganado y fertilización de terrenos que, según señalaba el atestado de la Benemérita, no se efectuaron.

En concreto, según el Seprona, los principales investigados se dedicaban a conseguir que titulares de pastos y explotaciones del Valle de la Alcudia cedieran los derechos sobre sus terrenos a agricultores y ganaderos de otras comunidades mediante contratos presuntamente falsificados, y a inducir a estos últimos a solicitar ayudas de la PAC con el falso pretexto de que habían llevado a cabo actividades que originaban el derecho a subvenciones.

El asunto afectó a más de 30 ganaderos de bovino de los municipios murcianos de Lorca, Cartagena y Totana, así como a una empresa ubicada en este último, encargada de gestionar y solicitar las ayudas, que tuvo que cerrar sus puertas por los "daños económicos y reputacionales" que sufrió a raíz de la apertura del caso, según ha explicado a esta agencia de noticias el letrado Francisco Cestero.

Tras 22 meses de instrucción en los que el juzgado practicó numerosas declaraciones testificales y analizó información recabada en escuchas telefónicas y material intervenido en diferentes registros, el juez concluyó que los contratos aportados en la solicitud de las ayudas eran "auténticos" y que cada propietario puso sus tierras a disposición efectiva de los ganaderos titulares de los derechos de la PAC, mientras que éstos abonaron el canon o renta correspondiente.

En su auto, el magistrado citó la declaración del titular de la Subdirección General de Ayudas Directas del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), dependiente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, quien, en su declaración, afirmó que las conductas desarrolladas por los investigados se ajustaron a la legalidad administrativa hasta el 1 de enero de 2021, y, posteriormente, si bien podían haber incurrido en "conductas artificiales", estas no pueden imputarse como un delito de fraude de subvenciones.

Por tanto, "no hay indicios suficientes de que los contratos de cesión de pastos sean falsos o hayan sido falsificados", señala la sentencia, que apunta, además, que tampoco existen evidencias de que existiese "un concierto organizado de voluntades entre los investigados, sino más bien una cooperación intermitente y esporádica", cuyo fin "no ha sido el de cometer ilícitos penales".

El juez también manifiesta en su auto que, pese a estar informados por el Seprona, ni la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) de la UE, ni la Fiscalía Europea, ni la intervención General del Estado se han personado en la causa, "ni se han manifestado en ningún momento favorables a considerar que los hechos que son objeto de esta instrucción constituyen un posible delito de fraude de subvenciones".

El magistrado decretó el archivo provisional del procedimiento, aunque fue abierto más tarde tras la apelación del Ministerio Fiscal. Meses más tarde, notificada su última sentencia a las partes personadas, el juez emitió un auto de firmeza dando por archivado el procedimiento.

16 DE JUNIO

Este lunes juzgan en Ciudad Real a una mujer por quedarse con 70.000 euros de la herencia de su tía

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ciudad Real juzgará el próximo lunes a M.V.R.M., una mujer acusada de un delito de apropiación indebida al quedarse con 70.300 euros de la herencia de una tía suya, mientras ésta se encontraba hospitalizada en el Hospital Mancha Centro de Alcázar de San Juan. La Fiscalía pide para ella cuatro años de prisión.

Según se desprende del escrito de acusación, al que ha tenido acceso Europa Press, la tía otorgó a sus dos sobrinas un poder notarial para que pudiesen disponer de sus diferentes cuentas corrientes y de crédito.

Tras ingresar la tía en el hospital, la acusada llevó a cabo, de manera continuada, diversos reintegros de la cuenta de la mujer que oscilaban entre los 1.300 y los 15.000 euros, que incorporaba después a su patrimonio.

Tras el fallecimiento de la mujer en el hospital, resultaron ser legítimas herederas sus tres sobrinas, una de las cuales se consideró perjudicada y denunció los hechos para reclamar las cantidades que le corresponden del dinero distraído del caudal hereditario.

Por estos hechos, la Fiscalía pide para la acusada una pena de 4 años y 3 meses de prisión por un delito continuado de apropiación indebida. De igual modo, tendrá que reintegrar la masa hereditaria a la perjudicada.

11 DE JUNIO 

La expareja de los dos acusados que se pelearon en un bar de Miguel Esteban (Toledo) asegura que se habían amenazado

F.C.V., varón que esta siendo juzgado por presentarse en octubre de 2020 en el bar que su expareja --D.J.J.-- regentaba en la localidad toledana de Miguel Estaban junto a dos amigos con la intención de acabar con la vida del actual novio de ella --C.C.C.--, mantenía un enfrentamiento con este, hostilidad que se habían expresado por redes sociales.

Así lo ha relatado D.J.J., que este martes ha declarado como testigo en la segunda sesión del juicio que, con tribunal de jurado, acoge la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Toledo, que juzga a F.C.V. por un homicidio en grado de tentativa, y a C.C.C. por un delito de homicidio y otro de homicidio en grado de tentativa, por haber acabado con la vida de uno de los varones --L.F.V-- que ese día entraron en el bar de Miguel Esteban para intentar matarle.

D.J.J., que ha asegurado mantener una relación de "normalidad" con los procesados --C.C.C. y F.C.V.--, ha señalado que estos, aunque no se conocían en persona, se habían amenazado por redes, en concreto por Facebook. "Vi algo. F.C.V. mandó un vídeo a C.C.C. y este se irritaría".

"Tenían una disputa entre ellos. Se amenazaban mutuamente y C.C.C. estaba harto de amenazas. Dijo que algún día le iba a hacer algo, pero no me dijo qué", ha dicho la mujer.

Tras asegurar que sus hijas tenían buen relación con C.C.C., que por entonces era su pareja, ha contado que durante los seis meses que ya llevaba con él, el padre de sus hijas no se metió en su relación, pero que el día de autos --el 30 de octubre de 2020--, cuando se presentó en su casa para llevarse a las menores, "iba demasiado bebido".

"Se le cruzaron los claves", ha indicado D.J.J., que ha confirmado que ese mismo día, cuando su expareja se llevó a las niñas a Talavera de la Reina, la llamó cuatro veces en tono amenazante e intimidatorio y le dijo que iba a reclutar a gente y volvería a Miguel Esteban, donde ella regenta el bar donde sucedieron los hechos, para "ir a por ellos", en alusión a ella y a su novio --C.C.C--.

Dicho esto, ha recordado que un amigo de F.C.V. la llamó para informarla de que este, tras dejar a sus hijas en Talavera, estaba de regreso a Miguel Esteban. "Por eso llamé a la Guardia Civil, porque iba demasiado bebido desde por la mañana y algo iba a pasar. Tenía miedo. A mí nunca me ha hecho nada, pero a mi pareja sí le podía hacer daño", ha reconocido.

Tras asegurar que los agentes de la Guardia Civil le dijeron que no podían hacer nada, que si tenían problemas volvieran a llamar, ha explicado que cuando el padre de sus hijas entró en el bar le preguntó por C.C.C. y ella le dijo que no estaba. "Pero al salir este del baño, se abalanzó sobre él".

"Yo me metí entre los dos para intentar separarles y C.C.C. me cortó con un cuchillo de estos grandes. Pero no me enteré hasta que empecé a sangrar y mi hermano me retiró y me metió en cocina mientras se peleaban. Cuando me quise dar cuenta, mi hermano me dijo que había fallecido L.F.V. y que el padre de mis hijas agonizaba".

Tras asegurar que desconocía que C.C.C iba armado, ha dicho que, de saber que este portaba un arma blanca, no se habría metido a separarles. Arma, que según ha aseverado, su novio había comprado a la vuelta de unas vacaciones. "Le gustan las navajas".

Aunque no ha terminado de precisar el tamaño concreto del arma y tampoco se ha referido a ella como catana, ha dicho que C.C.C. la tenía en la habitación y "la saco ese día".

Lo que no ha recordado D.J.J. es que a C.C.C. le gustase la pesca, extremo que este si manifestó en la sesión de este lunes, para justificar la presencia del arma homicida en el coche en el día de los hechos, pues según relató había estado de pesca.

F.C.V. LA AMENAZÓ CON QUEMAR SU CASA CON ELLA DENTRO

De forma previa ha testificado P.J.R., hermano de D.J.J., a quien el presidente del jurado absolvió por vínculos familiares de un delito de encubrimiento en la primera sesión de este lunes. Según la Fiscalía, tras presenciar los hechos ocurridos y con la finalidad de ayudar a C.C.C. en cuanto a eludir su vinculación con los hechos, P.J.R. "cogió el arma tipo catana o similar empleado por el acusado, escondiéndola sin que finalmente fuera recuperada".

Este testigo ha relatado que, en la mañana de ese 30 de octubre de 2020, su hermana le envió un mensaje en el que le contaba que había tenido problemas con F.C.V., que la dijo que "quería acostarse con ella" y que habían tenido una discusión, porque quiso llevarse a las dos hijas de la pareja.

"La dijo que iba a prender fuego a su casa con ella dentro", ha asegurado el hermano de D.J.J., que ha proseguido que fue el abogado del padre de sus sobrinas, que intentó hacerlo entrar en razón sin conseguirlo, quien les aviso de que este se dirigía de nuevo a Miguel Esteban, donde él, junto a C.C.C., preparaban la cena en el bar que su hermana regentaba.

"Estábamos preparando la mesa y entró F.C.V. dando voces. Le dijo a mi hermana que si tenía ese local allí era porque él se lo había puesto", ha dicho el excuñado de uno de los dos procesados, que no ha sabido precisar si este estaba borracho. "No entró dando tumbos, aunque nos dijeron que estuvo toda la mañana bebiendo".

Ha recordado que en el momento que C.C.C. salió del baño, F.C.V., que entró con otros dos varones, se acercó y "le acometió". "C.C.C. solo se defendía, no tenía actitud de atacar, nada más que de defenderse", ha señalado P.J.R., que no ha precisado de qué dimensión era el arma blanca que C.C.C sacó para repeler el ataque.

"Pensé que era un palo. Todo ocurrió muy deprisa. Estaban de espaldas a mi y no veía con claridad, hasta que L.F.V. se echó mano al cuello y le empezó a salir sangre", ha indicado el hermano de D.J.J., que ha concluido afirmando no haber visto nunca la catana en el bar.

10 DE JUNIO

Piden 10 años de prisión para un hombre acusado en Cuenca de forzar a su pareja a mantener relaciones sexuales

La Fiscalía pide diez años de prisión para I.M., acusado de un delito de agresión sexual por forzar a su pareja a mantener relaciones sexuales, en el juicio que se celebrará este martes, día 11, en la Audiencia Provincial de Cuenca.

De acuerdo con el escrito de la Fiscalía al que ha tenido acceso Europa Press el procesado, ante la negativa de la víctima a tener sexo, "el procesado procedió a agredir a la misma, golpeándole en la cabeza con los puños, tirándola al suelo, agarrándola por los brazos y el pelo, consiguiendo mantener relaciones sexuales completas, vía anal y vaginal, al menos en tres ocasiones, en el sofá y en el suelo del salón de dicha vivienda, contra la voluntad de esta".

A consecuencia de estos hechos la mujer sufrió diferentes lesiones que precisaron de 20 días de curación. La Fiscalía califica estos hechos como un delito de agresión sexual conforme al artículo 28 del Código Penal y pide para el acusado diez años de prisión, dos de privación del derecho a tener armas y dos más de aproximación a la víctima.

Además, el escrito pide, en concepto de responsabilidad civil, una indemnización para la mujer de 1.000 euros por lesiones y 3.000 por daños morales.

9 DE JUNIO

Piden penas de hasta cinco años de cárcel para cuatro acusados de secuestrar a un hombre en Ciudad Real

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ciudad Real juzgará a partir del próximo martes a cuatro personas acusadas de secuestrar durante más de diez horas y robar a un hombre al que le pedían 2.500 euros, supuestamente, de una deuda contraída con los acusados.

Según se desprende del escrito de acusación al que ha tenido acceso Europa Press, los hechos se remontan a marzo de 2020, cuando los cuatro acusados obligaron al hombre a montarse en un coche mientras estos le quitaron 300 euros que llevaba encima y le pedían, además, otros 2.500 euros.

Los acusados trasladaron al hombre hasta el parque Forestal de La Atalaya bajo amenazas de que lo iban a matar e iban a tirar el cadáver a un pozo si no les daba los 2.500 euros que solicitaban.

Acto seguido, llevaron a la víctima a un cajero automático de una entidad financiera para sacar 2.500 euros, extremo que no fue posible y fue trasladado, posteriormente, hasta un domicilio a esperar a que abrieran el banco a las 8.30 horas.

Una vez en el banco, el acusado pidió a la empleada de la caja la cantidad de 2.500 euros, que le fue denegada al no tener saldo suficiente en su cuenta.

Al percatarse la directora de que ocurría "algo anormal", tal y como consta en el escrito del fiscal, el acusado solicitó a la directora llamar a la Policía, aunque finalmente esta no llamó a instancias de la propia víctima, que se marchó con los presuntos secuestradores.

Posteriormente, tras llevarlo de nuevo a La Atalaya, los acusados llevaron de nuevo a la víctima a otra entidad bancaria de la calle Toledo, donde finalmente la víctima pidió auxilio al director y activando la alarma que hizo llegar a la Policía.

Por estos hechos, la Fiscalía solicita para dos de los acusados una pena de cuatro años y seis meses de prisión por un delito de detención ilegal y otro de robo con violencia e intimidación, que se suma a los cinco años de prisión para otro dos de los acusados por el agravante de reincidencia.

8 DE JUNIO

Piden 16 años y medio de cárcel para un hombre por maltratar a su madre en Torrijos

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Toledo celebrará este martes, 11 de junio, el juicio contra R.C.D., acusado de varios delitos de maltrato, vejaciones, secuestro y robo con violencia, contra su madre, A., durante cuatro años entre 2019 y 2023, por los que el Ministerio Fiscal pide para él una pena de 16 años y medio de cárcel.

Según el escrito de la Fiscalía, al que ha tenido acceso Europa Press, R.C.D., a lo largo de su convivencia familiar con su madre A., en el municipio toledano de Torrijos, agredió en reiteradas ocasiones a esta, propinándole bofetadas, patadas y empujones. La situación se mantuvo hasta el 13 de mayo de 2023, cuando el acusado fue detenido tras cometer otra agresión contra A.

Además, durante todo el tiempo de convivencia, la Fiscalía argumenta que el acusado profirió, de manera sostenida, insultos y amenazas contra su madre.

Por otra parte, siempre según el escrito de la Fiscalía, a lo largo de toda la convivencia, el acusado, con ánimo de ilícito enriquecimiento patrimonial, y aprovechando tanto la continua situación de miedo a la que sometía a su madre mediante amenazas y agresiones físicas, como la vulnerabilidad de esta, le habría sustraído en múltiples ocasiones el dinero en efectivo que la misma guardaba en el domicilio.

En la mañana del 13 de mayo de 2023, el acusado, con ánimo de impedir la libre deambulación de su madre y que esta saliese del domicilio, cerró con llave todas las puertas y ventanas del domicilio familiar mientras su madre se encontraba con él en su interior, privándole de su juego de llaves, desde poco después de las 9.00 horas y hasta aproximadamente las 11.00 horas, momento en que habría procedido a abrir la puerta ante la presencia en el lugar de agentes de Policía Local y de Guardia Civil.

En su escrito de acusación, la Fiscalía subraya la situación de especial vulnerabilidad de A., en estado de salud está muy deteriorado, al haber padecido cáncer sin el adecuado seguimiento oncológico y sufrir gonartrosis bilateral, lo cual le genera asimismo limitaciones de movilidad.

La Fiscalía apunta que la víctima padece asimismo depresión crónica y que se encuentra en situación de vulnerabilidad debido a su edad, dificultades de movilidad, escasas habilidades personales y el vínculo emocional que mantiene con su hijo, cuya permanencia en el domicilio de su madre ha supuesto un riesgo físico y psíquico para esta, impidiéndole recibir apoyo del resto de familiares y tener una calidad de vida acorde a su período vital.

Según la Fiscalía, todo ello le dificulta la toma de decisiones y la sitúa en riesgo físico y psíquico importante, provocando además su aislamiento social.

Tras su detención, el acusado permaneció en prisión provisional desde el 13 de mayo de 2023 y hasta el 9 de junio del mismo año, siendo encarcelado nuevamente tras un dictamen judicial el 30 de agosto de 2023, permaneciendo en la cárcel hasta la actualidad.

La Fiscalía solicita 3 años de prisión por un delito de maltrato habitual en el ámbito familiar; 1 año de prisión un delito de malos tratos en el ámbito familiar; 2 años de prisión por un delito continuado de amenazas; 5 años y 6 meses de prisión, por un delito de detención ilegal, y, finalmente, una pena de 5 años de prisión por un delito continuado de robo con violencia e intimidación en casa habitada. Un total de 16 años y medio de prisión, junto a inhabilitación especial para el sufragio pasivo, la privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo de 5 años y un dictamen de alejamiento de su madre por otros 15 años y medio.

Además, la Fiscalía solicita una indemnización de 10.000 euros para A. en concepto de daño moral.

6 DE JUNIO

Toda la actualidad relevante en Tribunales de Justicia.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Toledo juzgará desde el próximo lunes, 10 de junio, en un proceso con tribunal del jurado, a F.C.V., C.C.C. y P.J.R. por una pelea ocurrida en un bar de Miguel Esteban en la que C.C.C. acabó con la vida de L.F.V. después de que F.C.V., acompañado del fallecido y de otra persona, acudieran a intentar matarle.

Hechos por los que la Fiscalía pide una pena de 14 años y 3 meses de cárcel por un delito de homicidio y otro de homicidio en grado de tentativa para C.C.C.; una pena de nueve años para F.C.V. por otro homicidio en grado de tentativa o, alternativamente, una de cinco años por lesiones con medio peligroso; y dos años de cárcel para P.J.R. por un delito de encubrimiento.

Según el escrito de la Fiscalía, al que ha tenido acceso Europa Press, desde fecha no determinada, el acusado F.C.V., tras la quiebra de su relación de afectividad con D.J.J., mantenía frecuentes discusiones con ella provocadas tanto por la relación y cuidado de las hijas comunes como, en particular, por la nueva relación que ella había iniciado con el también acusado C.C.C.

Así, en la mañana del día 30 de octubre de 2020, F.C.V. acudió a la localidad de Miguel Esteban, en la que residía D.J.J. junto con las dos hijas comunes, con la finalidad de disfrutar del régimen de visitas que habían pactado libremente entre ambos, lo que no impidió que iniciara una discusión con ella, objeto de otro procedimiento, con ocasión de la cual ya le espetó que iba a matar a su actual pareja.

Tras regresar a su domicilio en Talavera de la Reina y dejar allí a las menores, en la tarde de ese mismo día, el acusado se desplazó junto con L.F.V. y varios amigos nuevamente a la localidad de Miguel Esteban, notoriamente enojado y manifestando en reiteradas ocasiones a sus acompañantes su intención de acabar con la vida de C.C.C. Con tal propósito, se dirigió hasta el bar regentado por la que fuera su compañera sentimental, en el convencimiento de que presumiblemente C.C.C. se encontraría allí, de forma que podría materializar su propósito.

En torno a las 22.00 horas llegó al lugar, dejando su vehículo en el exterior y accediendo al establecimiento en compañía de L.F.V. y un tercero llamado I.P., profiriendo gritos y realizando gestos hacia los presentes de marcado sentido intimidatorio, mientras buscaba a C.C.C., quien momentos antes se había introducido en el aseo existente junto a la barra, refugiándose en el interior al percatarse de la intimidatoria presencia del acusado F.C.V.

Tras unos veinte segundos en los que el acusado F.C.V. continúo profiriendo gritos y golpeando la barra del bar, I.P. se percató de que la puerta del aseo estaba parcialmente abierta y que en su interior se encontraba C.C.C. quien, ante la actitud agresiva del acusado F.C.V. y temeroso del obrar del mismo, conocedor de que su propósito podría ser acabar con su vida, antes de salir del aseo se escondió entre sus ropas un arma tipo katana, de afilados bordes y dureza, simulando que hablaba por teléfono mientras era rodeado hacia un rincón por I.P. y L.F.V., quienes merodearon a su alrededor hasta que se dirigió hacia él F.C.V. quien, con la finalidad de ejecutar su decisión de acabar con su vida, se abalanzó sobre él, propinándole un severo puñetazo en la cara que provocó que saliera despedido hacia atrás, tirando un taburete en su retroceso y quedando contra la puerta.

F.C.V. le lanzó no menos de siete puñetazos consecutivos contra la cara al tiempo, que agarrado por la zona del pecho, le propinaba sucesivos golpes con la rodilla, tratando de intervenir D.J.J. para detener la agresión, momento que aprovechó C.C.C. para sacar el arma tipo katana que llevaba oculta e intentar repeler el acometimiento del que era víctima, huyendo hacia atrás al tiempo que enarbolaba la katana lanzando mandobles contra F.C.V., quien en ningún momento detuvo su ataque, lanzándole una patada contra la espalda mientras huía y agarrando un taburete de madera con el que, mientras C.C.C. huía nuevamente hacia atrás, sin esgrimir el arma, dirigirse hacia él, levantando el taburete por encima de su cabeza lanzándolo contra C.C.C., impactando solo parcialmente en sus piernas, cogiendo otra silla de madera para continuar con el ataque.

Se sumó al mismo L.F.V., provisto igualmente de un taburete de madera, arrinconando a C.C.C. contra uno de los laterales del bar, sin posibilidad de continuar su huida, siendo atacado conjuntamente por L.F.V. y F.C.V., de forma sucesiva y valiéndose de sendos taburetes.

Por ello, asumiendo que el arma del que se había provisto podía acabar con la vida de ambos pero en todo caso como único medio del que disponía para repeler el ataque e incluso proteger su propia vida, C.C.C. se puso a lanzar mandobles contra sus atacantes, impactando uno de ellos a la altura del cuello de L.F.V., provocándole una herida de tal entidad que el mismo apenas pudo tratar de caminar unos pasos, mientras inútilmente se taponaba la herida, para caer muerto apenas franquear la puerta del bar.

Mientras, F.C.V. seguía lanzando golpes con sillas y puños contra C.C.C. permaneciendo invariable en su propósito de causarle la muerte, hasta que, al menos en una ocasión, C.C.C. le alcanzó con la katana en el brazo izquierdo, por encima del hombro, causándole una herida de tal entidad que no pudo sino cesar en su ataque y salir del establecimiento, sentándose sangrando en su vehículo.

Por su parte, el acusado P.J.R., tras presenciar los hechos ocurridos y con la finalidad de ayudar a C.C.C. en cuanto a eludir su vinculación con los hechos, cogió el arma tipo katana o similar empleado por el citado acusado, abandonando el establecimiento en el que habían ocurrido los hechos ocultando el arma entre sus ropas, escondiéndola sin que finalmente fuera recuperada.

Por todos estos hechos, la Fiscalía pide para C.C.C. una pena de nueve años y seis meses de prisión por un delito de homicidio consumado y cuatro años y nueve meses por otro de homicidio en grado de tentativa, aunque el Ministerio Fiscal reconoce la circunstancia atenuante de legítima defensa, penas que suman un total de 14 años y 3 meses de encarcelamiento.

Por su parte, F.C.V. se enfrenta a una petición por parte de la Fiscalía de nueve años de cárcel por un delito de homicidio en grado de tentativa, aunque como alternativa contempla la pena de cinco años de prisión por un delito de lesiones con medio peligroso.

Finalmente, para P.J.R. solicita una pena de dos años de encarcelamiento por un delito de encubrimiento.

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