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Nueva victoria de Page contra el cementerio nuclear

La Justicia desestima el recuso del Ayuntamiento de Villar de Cañas (PP) contra la decisión de la Junta de declarar nulo el Plan de Ordenación con la intención de paralizar la creación del cementerio nuclear en nuestra tierra.

15.01.2018

Política en Castilla-La Mancha

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha desestimado el recurso presentado por el Ayuntamiento de Villar de Cañas contra la Resolución de la Consejería de Fomento del Gobierno regional que declaró nulo el Plan de Ordenación Municipal (POM) de la localidad con la intención de paralizar la construcción de dicho ATC.

Hoy se da un paso más en relación a la construcción del cementerio nuclear de Villar de Cañas con esta sentencia en la que  se desestima la pretensión del Ayuntamiento, contra la resolución de fecha 6 de noviembre de 2015 de la Consejería de Fomento de la JCCM, por la que se anulaba el POM de la localidad y en el que se ubicaría el ATC.

Dentro de las muchas irregularidades que acompaña este expediente, el TSJ-CLM manifiesta en la sentencia, una falta de legitimación  ya que no se acredita que el ayuntamiento haya decidido la interposición del recurso previo acuerdo del Pleno municipal o por el alcalde con carácter urgente, ya que falta además el dictamen del Secretario, la Asesoría Jurídica o de un letrado en último extremo, algo que es preceptivo, aunque con posterioridad, en concreto el 27 de julio, se presentase informe-propuesta de la Secretaría con referencia al acuerdo plenario. 

LO QUE PRETENDÍA EL AYUNTAMIENTO DE VILLAR DE CAÑAS (PP)

El Ayuntamiento pretendía con este recurso, la anulación de decisión de la Junta de CLM en la que se dejaba sin efecto el Plan de Ordenación Municipal, al tiempo que se solicitaba que se le concediera plazo para subsanar o completar el expediente para su aprobación definitiva. Hecho que queda desestimado por parte del TSJ, ya que la nulidad del POM por parte de la Consejería de Fomento se basa en que este Plan de Ordenación se ha aprobado en contra de los informes de la Confederación Hidrográfica del Guadiana (CHG) debido a que no está garantizada la existencia de los recursos hídricos necesarios, y no cuenta con el título de la concesión por parte de la CHG, por lo que no es un defecto subsanable, sino que el Plan que aprobó el ejecutivo saliente pocos días antes de las elecciones autonómicas de 2015 vulnera la ley. 

SOLO SALDRÁ ADELANTE SI DE DECLARA EL ATC DE INTERÉS GENERAL

Ahora tan solo existe un camino para la consecución del objetivo del Gobierno de Mariano Rajoy impulsado por Cospedal, y es que sea declarado de Interés General, acreditando ante la Unión Europea esta situación tras demostrar que la posibilidad de la instalación del ATC en Villar de Cañas es única y no hay otra alternativa. 

Existen en el expediente hasta tres informes de la Confederación Hidrográfica del Guadiana que informan desfavorablemente respecto a la insuficiencia de recursos hídricos y que no se tuvieron en cuenta a la hora de redactar el POM. 

Ahora, jurídicamente, queda el último peldaño si es que el Ayuntamiento de Villar de Cañas y el Gobierno de la nación siguen insistiendo en este objetivo, que es el Tribunal Supremo, por lo que tiene un plazo de 30 días para la interposición de un nuevo recurso. 

Dclm.es

 

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