DCLM.ES · Castilla-La Mancha · Economía y Trabajo
Los grupos del Congreso esperan aclarar el alcance de la retroactividad en la ley de crédito inmobiliario durante la reunión de la ponencia que se discute este martes en la Cámara Baja, que previsiblemente será la última antes de votar en comisión primero, y después en Pleno, las enmiendas que queden 'vivas'.
La de la retroactividad es una de las cuestiones que más divisiones habían causado durante la fase de ponencia, ante la advertencia de grupos, como Unidos Podemos, sobre el riesgo de activar decenas de miles de procedimientos de ejecución hipotecaria paralizados por el momento.
Estos procedimientos permanecerían a la espera de la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) tras la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo acerca de los criterios para considerar abusiva una cláusula de vencimiento anticipado, y que deberá aclarar si su nulidad depende o no de si se ha recurrido a ella o su mera existencia.
Esta formación considera que, de aprobarse la ley tal y como se plantea en estos momentos, "se corre el riesgo de que abra la compuerta" y que todos procedimientos paralizados a la espera de lo que dicte Estrasburgo puedan ser ejecutados, "independientemente de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea".
En el texto remitido al Congreso por el entonces ministro de Economía Luis de Guindos, el vencimiento anticipado regulado en la norma será de aplicación a todo contrato firmado con anterioridad a la entrada en vigor de la norma, aun incluyendo alguna mención sobre esta cláusula.
Sin embargo, en el PSOE especifican que trabajan en una redacción que, según la propia Abogacía del Estado, garantizaría tanto en la disposición transitoria primera, como en la exposición de motivos, que no se activen estos procesos.
"No queremos que, por el hecho de que entre en vigor esta ley, se levanten las suspensiones de todos los procedimientos que hay en los juzgados aparcados", asegura su portavoz en la ponencia, Gonzalo Palacín.
En sus enmiendas a la ley, el PSOE había propuesto que establecer en la ley la imposibilidad de solicitar un procedimiento de ejecución de títulos extrajudiciales contra el deudor en caso de declararse la nulidad de esta cláusula y, en caso de que no se declarara, se aplique el régimen previsto en la nueva ley.
Estas condiciones, en todo caso, serían más exigentes ya que en la tramitación de esta norma en el Congreso se ha acordado elevar los meses de impago que se requieren para que una entidad financiera pueda ejecutar un contrato de hipoteca (paso previo a un posible desahucio): si el impago se produce en la primera mitad del préstamo, serán 12 meses, y si es en la segunda mitad del crédito se exigirán 15 meses de deuda.
El proyecto de ley que remitió Luis de Guindos en noviembre de 2017 diferenciaba el vencimiento anticipado de un contrato en función de si el impago de las cuotas se producía en la primera o en la segunda mitad de la duración de un préstamo.
Si las cuotas vencidas y no satisfechas se producían en la primera se fijaba que, para ejecutar un contrato, debían suponer el 2% del capital concedido o el equivalente a 9 meses de impago. El acuerdo del Congreso fija estos límites en el 3% y 12 meses de impago.
Si esta situación tenía lugar en la segunda mitad de la duración del préstamo, las cuotas vencidas y no satisfechas debían equivaler a 12 meses. La nueva ley establecerá que el impago tendrá que suponer el 7% o 15 meses.
Por P. Moratilla
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