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El Juzgado de lo Social número 3 de Ciudad Real ha emitido una sentencia que declara el derecho de dos trabajadoras que tienen un contrato de trabajo temporal de interinidad por vacante con la Junta de Comunidades (en la Consejería de Educación, Cultura y Deporte) a permutar sus puestos de trabajo.
La sentencia, pionera en la región, según ha informado CCOO en nota de prensa, da la razón al sindicato y declara el derecho de ambas trabajadoras a permutar sus puestos de trabajo ubicados en Almagro y Puertollano, declarando que "el criterio de diferenciación utilizado por la Junta, es la temporalidad del contrato de trabajo de ambas trabajadoras y esto no puede justificar la disparidad de trato con respecto a los trabajadores y trabajadoras con contratos de duración indefinida".
Diferencia de trato que, ha proseguido CCOO, además "vulneraría el artículo 14 de la Constitución Española", pues la permuta es entre dos trabajadoras que pertenecen al mismo grupo y categoría profesional, tenían las mismas condiciones de interinas, por lo que el cambio de sus puestos no conlleva variación alguna en cuanto a la calificación jurídica de los contratos.
De igual modo, la sentencia pone de relieve la incidencia que la conciliación de la vida familiar y laboral tiene en la resolución del presente caso.
"El acercamiento del lugar de trabajo a sus domicilios les facilitaría a ambas la atención de sus concretas responsabilidades familiares, al existir menores de edad acogidos por una de las trabajadoras y un grado de discapacidad reconocido para el marido de la otra. Por lo que denegar esta permuta supone un obstáculo para la compatibilidad de la vida familiar y laboral", ha señalado CCOO.
La administración ha recurrido dicha sentencia, "obstaculizando", según este sindicato, el derecho de las trabajadoras, reconocido en este caso, mediante sentencia judicial.
Derecho que tanto el Tribunal Constitucional como el Juzgado de lo Social de Ciudad Real ha avalado, teniendo conocimiento la Junta de Comunidades, critica CCOO, de que dicha sentencia no será revocada por tribunal alguno.
Desde los servicios jurídicos de CCOO en Ciudad Real, se ha solicitado la ejecución provisional de la sentencia para que las trabajadoras puedan disfrutar ya de esta igualdad, que "no supone ningún gasto económico ni perjudica a otros trabajadores o trabajadoras".
Para este sindicato, sentencias como esta aportan "coherencia e igualdad de trato" y suponen, en su opinión, "un paso más" en reconocimiento de los derechos para los trabajadores interinos.
Por P. Moratilla
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